CORIA, DAVID EZEQUIEL C/FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio. El Tribunal homologó la conciliación por $8.000.000, reguló honorarios por $1.200.000 (actor) y $372.624 (demandada) y condenó en costas a la aseguradora conforme lo convenido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CORIA, DAVID EZEQUIEL.
Demandado: FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.
Objeto: Acción especial por accidente de trabajo; por el expediente consta que las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio de fecha 6/7/26.
Decisión: Homologar el acuerdo conciliatorio por la suma de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000.-); imponer costas a cargo de la demandada conforme lo convenido; regular honorarios para los letrados intervinientes (Dr. Mariana Verónica Salomón $1.200.000 —22,54 JUS— y Dr. Luis Alberto Pérez Romero $372.624 —7 JUS—), con más el 10% Ley 8455 e IVA si corresponde; intimaciones para acreditación de aportes previsionales y datos bancarios para pago; eximir a las partes del pago de la tasa de justicia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal):
"Las partes de común acuerdo han llegado a una conciliación en la presente causa, de la que instruye el escrito que antecede de fecha 6/7/26. No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos. Es procedente en consecuencia, homologar la conciliación por la suma de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000.-), que la demandada -sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio-, se allana a pagar mediante depósito en una cuenta bancaria de exclusiva titularidad del actor en un pago a los 20 días hábiles de notificada la presente homologacion."
"Por los fundamentos y citas legales del Acuerdo que antecede, el Tribunal del Trabajo Número Dos de Avellaneda-Lanús, RESUELVE: I) Homologar el acuerdo conciliatorio a que arribaran las partes en autos, que asciende a la suma de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000.-), en las condiciones pactadas.
- II) Costas a cargo de FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A conforme lo convenido, a cuyo fin: ... REGÚLENSE los honorarios de los letrados intervinientes: por la parte actora: ... Dr. MARIANA VERONICA SALOMON, en la suma de Pesos un millón doscientos mil ($ 1.200.000.-), equivalentes al día de la fecha a 22,54 JUS y por la parte demandada: ... Dr. LUIS ALBERTO PEREZ ROMERO, en la suma de Pesos trescientos setenta y dos mil seiscientos veinticuatro ($ 372.624), equivalentes al día de la fecha a 7 JUS, ... e IVA en caso de corresponder."
- Votos y mayorías: El voto de la Jueza Bocchio propuso homologar la conciliación y fue acompañado por el Juez Traverso. El Juez Valcarce adhiere al voto de Bocchio con la salvedad de que entiende que corresponde liquidar la tasa de justicia. El bloque dispositivo final homologa el acuerdo y exime a las partes del pago de la tasa de justicia, por lo que la decisión de la mayoría es la homologación y la exención tal como consta en el dispositivo.
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