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RODRIGUEZ SILVIA ANALÍA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL (5)

La actora demandó por enfermedad profesional (COVID‑19) reclamando prestaciones dinerarias por secuelas físicas y psíquicas. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a la ART al pago de $1.822.180,65 y rechazando la mayoría de los planteos de inconstitucionalidad; además declaró inconstitucional el DNU 669/19.

Enfermedad profesional Covid?19 Ley 24.557 Ley 27.348 Ripte Prestaciones dinerarias Incapacidad psiquica 10% Pericia medica negativa para incapacidad fisica Dnu 669/19 inconstitucional Condena $1.822.180 65.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Silvia Analía Rodríguez, por enfermedad profesional (COVID‑19). Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Prestaciones dinerarias previstas en la Ley 24.557 y normas complementarias por secuelas incapacitantes (30% física y 10% psíquica reclamados; pericia otorgó 0% física y 10% psíquica), interés y actualización. Decisión: Se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad promovidos salvo la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19; se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a la ART a pagar a la damnificada la suma de Pesos UN MILLÓN OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL CIENTO OCHENTA CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 1.822.180,65). Costas a la demandada. Plazo de pago 10 días y reglas sobre depósito en cuenta sueldo; intereses moratorios en caso de mora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo, manteniendo el lenguaje del Tribunal): "el Tribunal RESUELVE: 1) RECHAZAR LOS PLANTEOS DE INCONSTITUCIONALIDAD articulados por la parte actora de los arts. 6, 8 inc. 3° y 4°, 12, 19, 21, 22, 28 ap.2 y 46 de la Ley 24.557, Decreto 717/96, arts. 4, 9 y 17 incs. 2, 3 y 5 de la Ley 26.773, art. 17 del Dec.472/2014, Dec.54/17; ley 26.122; arts. 1, 2, 3, 12, 14, 15, 16 y 21 de la ley 27.348; arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561; y la aplicación del fallo "Barrios Héctor F.y otra C/ Lascano Sandra B.y otra S/Daños y Perjuicios" (SCBA C. 124096) (art. 726 del CCC). - DECLARAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL DNU 669/19.- 2) HACER LUGAR PARCIALMENTE A LA DEMANDA y condenar a PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., a pagar a la damnificada SILVIA ANALIA RODRIGUEZ la suma de Pesos UN MILLON OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO OCHENTA CON SESENTA Y CINCO CTVOS. ($ 1.822.180,65), en concepto de prestaciones dinerarias de la LRT y normas complementarias (arts.6 ,14 inc.a, del ap. 2 de la ley 24.557; arts.3° y 17 de ley 26.773; Dec. 1694/09; Dec. 472/14 y art. 11 de la ley 27.348).- 3) COSTAS A LA DEMANDADA, en su calidad de vencida (arts.24 de la ley 15.057).-" "Del análisis del Aparato Respiratorio, ponderó que 'Ingresa deambulando por sus propios medios. ... A la auscultación, el murmullo vesicular se encuentra presente en todos los campos pulmonares, sin ruidos agregados'.
- Concluyó por todo ello que la Sra. RODRIGUEZ, no evidencia secuelas funcionales derivada de la enfermedad COVID-19 y no presenta incapacidad, teniendo en consideración la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales de la Ley 24.557
- Dec 659/96 (art. 375 del CPCC).-" "En cuanto a la pericia psicológica... 'Se concluye que la Sra. Rodriguez, no presenta alteraciones orgánicas... Se ha arribado al diagnóstico mencionado, ya que la actora presenta un malestar significativamente mayor de lo esperable en respuesta al contagio del COVID... Se especifica Trastorno Crónico...'.... pondera de acuerdo al baremo de la LRT, RVAN depresivo Grado II, otorgando un 10 % de incapacidad psíquica." (Opcional para ejecución: el fallo fija IBM actualizado por RIPTE y calcula la prestación: "La fórmula es la siguiente IBM x 53 x 65/41 x % I = ($ 181.333,16 x 53 x 1.58 x 10 %) = Pesos 1.518.483,88." y adiciona la compensación del art. 3° ley 26.773: "suma de Pesos 303.696,77" resultando el capital condenado $1.822.180,65.)

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