GONZALEZ LEANDRO EZEQUIEL C/ PEREZ CARLOS MIGUEL S/ DESPIDO - N°7
El actor promovió demanda por despido y reconocimiento de relación laboral no registrada, reclamando salarios, horas extras e indemnizaciones. El Tribunal rechazó íntegramente la demanda por falta de acción al entender que no quedó acreditado el vínculo laboral denunciado y que la prueba producida (declaración testimonial y demás) no fue idónea para formar convicción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Leandro Ezequiel González, por derecho propio, con patrocinio letrado del Dr. Rodrigo Daniel Tripolone.
Demandado: Carlos Miguel Pérez (demandado declarado rebelde en el proceso).
Objeto: Reconocimiento de relación de dependencia iniciada el 1/3/2019, pago de haberes adeudados (incluidas horas extras y salario de agosto), indemnizaciones por despido, multas y certificación laboral.
Decisión: El Tribunal rechazó en todas sus partes la demanda por falta de acción (art. 726 del CCCN) y condenó a la actora al pago de las costas (art. 24 ley 15.057).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente; se conservan los términos del Tribunal):
"Considero que el testigo no ha resultado idóneo ni convincente a los fines de acreditar el vínculo laboral denunciado siendo su declaración ambigua e imprecisa, mas aun si considero que el demandado desconoció el vínculo laboral (art. 54 de la ley 15.057). Es asi que, a la luz de lo señalado, sus dichos no han logrado formar convicción en la suscripta."
"Sentado lo expuesto, se advierte que la actitud del accionado fue desconocer y negar el vínculo laboral denunciado por el actor. Consecuentemente, era a éste a quien incumbía la prueba de sus afirmaciones, extremo que, frente a la rotunda negativa del accionado, no ha logrado probar con ningún medio de prueba idóneo que tuvo a su alcance (art. 54 de la ley 15.057); pese al estado de rebeldía de aquel (art. 375 del CPCC)."
"Por todo lo expuesto, cabe rechazar la demanda incoada por la parte actora en cuanto a los rubros peticionados en la liquidación practicada en demanda, por falta de acción (Arts. 31, 34, 48, 89 de la ley 15.057; arts. 375 y 384 del CPCC; art. 726 del CCC), ya que no ha logrado probar en autos
- con ningún medio de prueba (art. 375 del CPCC) -, el vínculo laboral clandestino denunciado."
- Notas procesales relevantes: la demanda fue presentada el 22/5/2022; la intimación telegráfica del actor data del 21/9/2021; la contestación del demandado (fs.14) del 30/9/2021 negó relación laboral; el demandado fue declarado rebelde el 9/8/2024; apertura de prueba 4/9/2024; audiencia de vista 30/6/2026. Se impusieron las costas a la parte actora.
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