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MENDIETA PEDRO ABEL C/ CAVAGLIA ADRIAN RODOLFO S/ DESPIDO

El actor promovió acción por despido y las partes presentaron un acuerdo transaccional para poner fin al pleito. El Tribunal homologó el acuerdo (art. 15 L.C.T.), impuso las costas a la parte demandada y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.

Acuerdo transaccional Homologacion Art. 15 l.c.t. Despido Costas Honorarios Transferencia bancaria Tasa de justicia Regulacion de honorarios Apercibimiento de ejecucion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Mendieta Pedro Abel. Demandado: Cavaglia Adrian Rodolfo. Objeto: Acción por despido (autos caratulados "MENDIETA PEDRO ABEL C/ CAVAGLIA ADRIAN RODOLFO S/ DESPIDO", Expte. Nº 57535) y consecuente controversia laboral que las partes resolvieron mediante un acuerdo transaccional. Decisión: Homologación del acuerdo presentado a fs. 84 conforme art. 15 L.C.T.; costas a la parte demandada; regulación de honorarios y orden de comunicaciones y transferencias bancarias para el pago de créditos y emolumentos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte DEMANDADA.-" "POR TODO ELLO, atento a lo peticionado, deliberado y votado, el Tribunal RESUELVE: Homologar el acuerdo presentado a fs. 84 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte DEMANDADA (art. 14 y 26 Ley 15.057).-" Texto del dispositivo sobre honorarios y obligaciones de partes (extracto relevante): "Regúlanse los honorarios de los Dres. D´ARIELLI NICOLAS (34.152.211) en la suma de $ 500.000 (9.39 JUS) y GARANCINI ALEJANDRO MIGUEL (13.416.593) en las sumas de $550.000 (10.33 JUS) Y PAVON MARIANA ALEJANDRA (27.125.035) en la suma de $ 550.000 (10.33 JUS) y GODOY GUERRIERI SERGIO HERNAN (18.075.183) en las sumas de $1.600.000 (30.05 JUS) respectivamente, con más el 10% (...) e IVA si correspondiere .-" Instrucciones y apercibimientos sobre transferencias y datos bancarios: "Hágase saber al actor a que deberá comunicar a la demandada entidad y sucursal Bancaria; CBU ; Número de cuenta y CUIL bajo su titularidad a la cual se transferirán los fondos que le correspondieren (art 277 LCT modificada por ley 27802).-" "Hágase saber a la parte obligada al pago que deberá acreditar en autos la efectivización de las transferencias por los Creditos y honorarios reconocidos en la presente resolución, bajo apercibimiento de darle curso a las medidas ejecutivas que eventualmente promuevan los interesados (art. 12 ley 15057)."

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