VEGA NESTOR JAVIER C/ PREVENCION ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra la ART Prevención ART S.A. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios y tasas conforme a ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VEGA NESTOR JAVIER.
Demandado: PREVENCION ART S.A.
Objeto: Acción especial por accidente de trabajo (liquidación/indemnización), resuelta mediante acuerdo transaccional presentado por las partes y sometido a homologación judicial.
Decisión: Homologar el acuerdo presentado a fs. 6; imponer costas a la parte demandada; fijar tasa de justicia y regular honorarios de los letrados intervinientes; ordenar comunicaciones para la transferencia de los fondos conforme normativa aplicable.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada.
- ASI LO VOTO." (voto Dr. Budnik)
- "Por análogas consideraciones, los Dres. Saccardo y Rinaldi votan en el mismo sentido."
- Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria y preceptiva): "Homologar el acuerdo presentado a fs. 6 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte DEMANDADA (art. 24 y 26 Ley 15.057). Habiendo sido necesaria la intervención jurisdiccional, hágase saber que el importe de la tasa de justicia asciende a la suma $ 81.400 (arts 337 y 340 Ley 10.397). Regúlese los honorarios de los Dres. NONI HERNAN ANDRES (33.421.077) en la suma de $740.000 (13.90 JUS) y a la Dra. PINOS MARIA PAZ (33.651.814) en la suma de $ 740.000 (13.90 JUS), respectivamente, con más el 10% (arts. 21, 23, 28 inc. f, 43 y 51 Ley 8904; 12 Ley 8455, art. 15, 16 y 21 ley 14.967) e IVA si correspondiere."
- Ordenanzas y comunicaciones ordenadas: "Hágase saber a la ART que conforme el art. 17 de la ley 27.348... deberán ser depositadas en la 'cuenta sueldo'..."; y exigencias al actor y profesionales para comunicar entidad, sucursal, CBU, número de cuenta y CUIL para la transferencia de fondos; así como la obligación de la parte obligada al pago de acreditar la efectivización de las transferencias, bajo apercibimiento de medidas ejecutivas (art. 12 ley 15.057).
- No existen votos en disidencia: todos los votos coinciden en homologar el acuerdo y en los términos del dispositivo.
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