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(34497 VE) GOMEZ STEFANIA BELEN C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La actora reclamó la regulación de honorarios extrajudiciales devengados por su actuación como patrocinante en expediente ante la Comisión Médica N° 382 (S.R.T.). El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló honorarios en 8 jus por la labor extrajudicial y 7 jus por la actuación en el proceso, ordenando su pago a cargo de la Provincia de Buenos Aires con costas a la demandada.

Honorarios extrajudiciales Ley 14.967 Comision medica S.r.t. 504914/24 Regulacion de honorarios 8 jus 7 jus Provincia de buenos aires Oficio/actuacion oficiosa Costas a la demandada.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La doctora Belén Stefania Gómez, actuando en causa propia, solicitó la regulación de honorarios extrajudiciales por su intervención como letrada patrocinante de Paula Verónica Fernández en el expediente administrativo S.R.T. N° 504914/24 (Comisión Médica N° 382, Ramos Mejía). Demandado: Provincia de Buenos Aires (empleador autoasegurado: Dirección General de Cultura y Educación, a través de Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.). Objeto: Regulación judicial de honorarios profesionales por la labor extrajudicial realizada en sede administrativa (actuación oficiosa) y, subsidiariamente, impugnación/ solicitud de inconstitucionalidad de la Resolución 34/19 (petición declarada abstracta). Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se regulan honorarios extrajudiciales equivalentes a 8 jus que deberá pagar la Provincia de Buenos Aires, con más aportes de ley e IVA si correspondiera; se regulan honorarios por la actuación en el proceso en 7 jus; costas a la demandada; intimación de pago en 60 días; declaración de abstracto el pedido de inconstitucionalidad.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "El único objeto de este juicio es la regulación de los honorarios profesionales de la doctora Belén Stefania Gómez por la labor extrajudicial que desempeñara como letrada de Fernández en el expediente administrativo S.R.T. número 504914/24 tramitado en la Comisión Médica Jurisdiccional N° 382 de Ramos Mejía, por divergencia en la determinación de la incapacidad, todo ello en el marco del procedimiento previsto en la ley 27.348." "Conforme todo lo dispuesto precedentemente, no cabe lugar a duda alguna que la actuación profesional de la parte actora en el trámite administrativo supra aludido ha sido oficiosa y ha obtenido total y favorable acogida por parte de la administración." "Considero que no resulta discutible que la única norma que debe aplicarse a los efectos de regular los emolumentos de la doctora Belén Stefania Gómez es la ley arancelaria local Nº 14.967... La Ley 14.967, respecto de los honorarios por acuerdos extrajudiciales, establece dos directivas. Por una parte, establece un mínimo: '50 % de las escalas fijadas para los mismos asuntos por trámite judicial, conforme la presente ley' (art. 9, apartado II, inciso 10'). Por la otra, establece que: 'Para la determinación judicial por trabajos extrajudiciales y administrativos, cuando el profesional o el beneficiario de los mismos los solicitare, se aplicarán las pautas de los artículos 9, 21, siguientes y concordantes en cuanto resulten aplicables...'." "En atención a los argumentos antes brindados, entiendo que corresponde hacer lugar a la demanda incoada, por lo que teniendo en consideración la cantidad y calidad de las tareas desarrolladas extrajudicialmente por la actora, tiempo insumido, complejidad de la cuestión, resultado obtenido, el carácter alimentario de los honorarios profesionales, y tomando en cuenta que al tiempo que se celebrara el acuerdo en Sede Administrativa... se hallaba vigente la Ac 4200/25 de la SCJBA... propicio regular los honorarios de la doctora Belén Stefania Gómez... en la suma equivalente a 8 jus; honorarios que deberán ser abonados por la PROVINCIA DE BUENOS AIRES... Ello, con más los aportes de ley e IVA, si correspondiere." Bloque dispositivo (resolutivo mayoritario): "RESUELVE I) HACER LUGAR A LA DEMANDA INTERPUESTA y consecuentemente con ello REGULAR LOS HONORARIOS... en la suma equivalente a 8 jus; honorarios que... deberá abonar la PROVINCIA DE BUENOS AIRES... II) DECLARAR DE ABSTRACTO TRATAMIENTO el pedido de inconstitucionalidad... III) INTIMAR a la demandada para que abone los honorarios establecidos... en el término de 60 días... IV) COSTAS a la parte demandada... V) REGULAR los honorarios... por su actuación profesional en este proceso judicial en el equivalente a SIETE (7) JUS..."
- Votos: La Dra. Alejandra N. Grosso expuso los fundamentos y votó; la Dra. María E. Pierazzoli y el Dr. Hernán F. Busetti adhirieron íntegramente, conformando la mayoría unánime.

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