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SANCHEZ SANTIAGO DAVID C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Acción especial por accidente de trabajo para obtener indemnización por incapacidad permanente. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la ART a pagar $23.829.393, declaró inconstitucional el DNU 669/2019 y aplicó interés puro del 3% anual sobre las sumas.

Accidente de trabajo Ley 24.557 Dnu 669/2019 inconstitucional Indemnizacion Incapacidad permanente (19% to) Interes puro 3% anual Art (serena) Costas Liquidacion $23.829.393 Primera instancia nota: he respetado el bloque dispositivo final como expresion de la decision mayoritaria del tribunal y transcribi los parrafos y citas textuales mas relevantes conforme a la resolucion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: SANTIAGO DAVID SANCHEZ, representado por el Dr. Leandro D. Bisso. Demandado: OMINT A.R.T. S.A. (hoy SERENA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.U.), representada por la Dra. María Sol Noli. Objeto: indemnización dineraria por las consecuencias del accidente de trabajo ocurrido el 29-10-2024, por incapacidad parcial y permanente en los términos del art. 14 inc. 2 "a" Ley 24.557 y modificatorias. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada a pagar la suma de PESOS VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES ($23.829.393) en el término de diez días de notificada, con reglas de pago en cuenta sueldo/CBU y con intereses moratorios y costas a cargo de la demandada. Además, el Tribunal declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU 669/2019 y, por mayoría, adicionó un interés puro del 3% anual sobre las sumas calculadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre la acreditación de la incapacidad y su nexo causal: "Analizando las constancias de la causa y toda vez que ni el accidente ni su mecánica han sido desconocidos por la accionada y que las conclusiones del perito surgen como consecuencia de la revisación personal efectuada a la actora y la compulsa de estudios complementarios, no encuentro razones para apartarme de las mismas toda vez que el informe y la respuesta a la impugnación gozan de rigor científico (art 474 CPCC), asimismo, el accidente descripto resulta idóneo como para provocarlas.-" "considero razonable atribuir al accidente de autos el 70% de la incapacidad hallada, esto es, 14%." "que corresponde adecuar la incapacidad psicológica atribuible al infortunio de autos en el orden del 5% de la TO." "Por todo ello, considero tener por acreditado que ... el Sr. SANTIAGO DAVID SANCHEZ porta una incapacidad física del orden del 19 % de la T.O con carácter de parcial y permanente que resulta consecuencia del infortunio por el que acciona." 2) Sobre la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y su inaplicabilidad: "el Tribunal -en su anterior integración
- se ha expedido declarando su inconstitucionalidad e inaplicabilidad por los distintos fundamentos expresados ... destacando que el mismo fue dictado con posterioridad a la creación de la Comisión Bicameral Permanente (Ley 26.122), sin que se observe el cumplimiento de la intervención legislativa ... siendo ello razón suficiente para determinar su invalidez constitucional ..." "Por ello, propongo declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU (669/2019) el que en consecuencia, no resulta aplicable en autos." 3) Sobre el cálculo del quantum y la aplicación de intereses: "Dicha operación matemática arroja un ingreso base actualizado y con interés que asciende a la suma de $1.356.394 a la fecha del dictado de la presente ... 1.356.394 x 53 x 1,38% x 19= $18.849.264" "sobre las sumas determinadas habrá de adicionarse un interés puro del orden del 3% anual o fracción del mismo desde la fecha del infortunio hasta el dictado de la presente de lo que resulta un total de $23.829.393." 4) Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria, transcripción): "el Tribunal RESUELVE: 1) DECLARAR la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU 669/2019 ... y por mayoría determinar que sobre las sumas calculadas se adicione un interés puro del orden del 3% anual.
- . 2) RECHAZAR los planteos de inconstitucionalidad formulados por la actora por resultar de tratamiento abstracto... 3) HACER LUGAR a la demanda ... y en consecuencia condenar a la demandada a abonarle ... la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES ($23.829.393)."
- Votos y adhesiones relevantes: Dra. Laura S. Cáceres votó con los fundamentos transcritos. El Dr. Gabriele adhiere al voto de la Dra. Cáceres salvo en la tasa de interés puro, proponiendo 6% anual; el Dr. Valcarce adhiere al voto de la Dra. Cáceres. El dispositivo final aplicó el 3% anual por mayoría.

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