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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TELCEL COMUNICACIONES S.R.L. S/APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal promovida por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires contra TELCEL COMUNICACIONES S.R.L. por $29.426,70 más intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el efectivo pago y aplicó intereses desde la interposición de la demanda (28-02-2014), imponiendo las costas a la vencida y constituyendo domicilio en el Juzgado por notificación válida.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Intereses (art. 104 codigo fiscal) Notificacion y constitucion de domicilio Costas a la vencida Ley 13.406 Monto $29.426 70 Fecha de demanda 28-02-2014 Procedimiento de apremio.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: TELCEL COMUNICACIONES S.R.L. Objeto: Ejecución de deuda tributaria por el capital reclamado de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS CON SETENTA CENTAVOS ($29.426,70) más intereses. Decisión: Se ordenó la ejecución hasta tanto la demandada pague íntegramente $29.426,70, con intereses desde el 28-02-2014 hasta su efectivo pago; se impusieron las costas a la vencida; se difirió la regulación de honorarios; y se tuvo por constituido domicilio en los estrados del Juzgado por haber sido debidamente anoticiada la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, en lenguaje original del Tribunal): "Habiendo sido la demandada TELCEL COMUNICACIONES S.R.L. intimada de pago en el domicilio de DIAGONAL 79 NRO. 1068 DE LA PLATA (ver mandamiento acompañado) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155, concs. del C.P.C.C. y 25 ley 13406). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada TELCEL COMUNICACIONES S.R.L. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS CON SETENTA CENTAVOS ($29426,70). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/2011) desde la interposición de la demanda, -día 28-02-2014
- y hasta su efectivo pago. 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (artículos 15 ap. 2º y 22 ley 13.406). 3) Hallándose la demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 12-03-2014, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese y Notifíquese (artículos 24 ley 13.406, ley 15007 y Ac. 4013)."

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