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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AZCONA NATALIA ELISABET S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial para el cobro de una deuda fiscal. El Tribunal ordenó la prosecución de la ejecución contra Natalia Elisabet Azcona por $3.510.188,60 más intereses, con costas, por no haber opuesto excepciones ni cumplido normas de constitución de domicilio.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda fiscal $3.510.188 60 Titulo ejecutivo Perdida del derecho por inactividad Constitucion de domicilio de oficio Intereses desde demanda Costas Art. 104 codigo fiscal (ley 10.397) Diferimiento honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires. Demandado: Natalia Elisabet Azcona. Objeto: Ejecución fiscal mediante apremio provincial para el cobro del capital reclamado de Pesos Tres Millones Quinientos Diez Mil Ciento Ochenta y Ocho con 60/100 ($3.510.188,60) más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago, conforme al título ejecutivo agregado. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordena continuar la causa de trance y remate hasta el pago íntegro de la suma reclamada más intereses; costas a la ejecutada; diferimiento de regulación de honorarios; se constituye domicilio en los estrados del juzgado por incumplimiento de la ejecutada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes en lenguaje original del tribunal): "I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Espora
- Nro. 45
- Cp. 1623
- Loc. Ingeniero Maschwitz domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." "FALLO: 1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Natalia Elisabet Azcona haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Tres Millones Quinientos Diez Mil Ciento Ochenta Y Ocho Con 60/100 ($3.510.188,60), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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