FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ STAR DISTRIBUCIONES S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Star Distribuciones S.A. por deuda tributaria. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando trance y remate hasta cubrir $1.529.194,90 más intereses y costas, y declaró constituido domicilio en los estrados por incumplimiento procesal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires.
Demandado: Star Distribuciones S.A.
Objeto: Ejecución de deuda tributaria contenida en título ejecutivo (apremio provincial) por la suma de Pesos Un Millón Quinientos Veintinueve Mil Ciento Noventa y Cuatro con 90/100 ($1.529.194,90), más intereses.
Decisión: Se ordenó continuar la ejecución (trance y remate) hasta el pago íntegro del capital reclamo, más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago; se impusieron costas; se difirió la regulación de honorarios; y se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado por incumplimiento de la ejecutada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
I.
- "La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Ameghino
- Nro. 1079
- Cp. 2800
- Loc. Zarate domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)."
II.
- "Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."
FALLO (fragmentos relevantes):
"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Star Distribuciones S A haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millon Quinientos Veintinueve Mil Ciento Noventa Y Cuatro Con 90/100 ($1.529.194,90), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."
"2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)."
"3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."
- Fechas y actos procesales relevantes: Sentencia de fecha Campana, 21 de Agosto de 2026; mandamiento diligenciado agregado; notificación por Secretaría vía correo electrónico consignado.
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