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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TROILO LUCIANO SEBASTIAN S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal de apremio contra Luciano Sebastián Troilo por deuda tributaria. El Tribunal ordenó la continuación del trance y remate hasta el íntegro pago de $804.847,50 más intereses y costas, por no haberse opuesto el ejecutado dentro del término legal.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda tributaria Trance y remate Perdida del derecho por inaccion Art. 104 codigo fiscal (ley 10.397) Costas Constituido domicilio Honorarios diferidos Monto $804.847 50

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Luciano Sebastián Troilo. Objeto: Ejecución fiscal por deuda resultante de título ejecutivo por Pesos Ochocientos Cuatro Mil Ochocientos Cuarenta Y Siete con 50/100 ($804.847,50) más intereses. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenándose llevar adelante el trance y remate hasta que el ejecutado pague íntegramente la suma reclamada con los intereses correspondientes; se impusieron costas; se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado por incumplimiento de notificaciones formales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original): "I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Santiago Del Estero
- Nro. 442
- Cp. 1623
- Loc. Ingeniero Maschwitz domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." "FALLO: 1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Luciano Sebastian Troilo haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Ochocientos Cuatro Mil Ochocientos Cuarenta Y Siete Con 50/100 ($804.847,50), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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