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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TOTORO CAROLINA MARIA S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por deuda tributaria contra Carolina M. Totoro dirigida al apremio y remate. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago de $1.990.698,30 más intereses y con costas, declarándose perdido el derecho de defensa por falta de excepciones y constituyendo domicilio en los estrados del Juzgado.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Trance y remate Perdida del derecho por inactividad Titulo ejecutivo Intereses Costas Domicilio procesal constituido Ley 10.397 (codigo fiscal) $1.990.698 30

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires. Demandado: Carolina Maria Totoro. Objeto: Ejecución fiscal por deuda contenida en título ejecutivo; apremio provincial y remate para el cobro del capital reclamado. Monto exigido: Pesos Un Millón Novecientos Noventa Mil Seiscientos Noventa Y Ocho Con 30/100 ($1.990.698,30), más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago. Decisión: Se admitió la ejecución y se mandó llevar adelante la causa de trance y remate hasta tanto la ejecutada abone íntegramente el capital reclamado, con más intereses y con costas; se difirió la regulación de honorarios hasta presentación de liquidación firme; se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle J.M. Estrada
- Nro. 440
- Cp. 2812
- Loc. Capilla Del Señor domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." FALLO (fragmentos relevantes): "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Carolina Maria Totoro haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millón Novecientos Noventa Mil Seiscientos Noventa Y Ocho Con 30/100 ($1.990.698,30), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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