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MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ PIOMBO NATALIA VERONICA S/ APREMIO

La Municipalidad de Lanús promovió ejecución por apremio reclamando el pago de una deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y condenó a la ejecutada al pago de PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO ($212.928,00) más intereses, costos y costas, ordenando llevar adelante la ejecución hasta el efectivo pago.

Ejecucion por apremio Deuda fiscal Municipalidad de lanus P.iombo natalia veronica Condena por capital $212.928 00 Intereses moratorios Costas Perdida del derecho dejado de usar (ley 9122) Ordenanza fiscal e impositiva n? 7244/91 Domicilio constituido en estrados si desea Puedo extraer ademas las normas citadas completas o elaborar un esquema de pasos procesales siguientes (medidas de apremio posibles Plazos para apelacion).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MUNICIPALIDAD DE LANÚS. Demandado: NATALIA VERONICA PIOMBO. Objeto: Ejecución por apremio para el cobro de una deuda fiscal por la suma de PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO ($212.928,00), más intereses, costos y costas. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución y se condena a la ejecutada al pago total del capital reclamado ($212.928,00), con más intereses, costos y costas; costas al ejecutado vencido; difiérase regulación de honorarios; tómese por constituido el domicilio en los estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, pese a encontrarse debidamente intimada de pago en el domicilio de la calle CORDOBA Nº 1,550 LOCALIDAD: LANUS ESTE, dásele por perdido el derecho dejado de usar (art.1 y 5 Ley 9122; arts. 116 y 155 del C.P.C.C.)." "Por ello conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540; 541 y 548 del C.P.C.C, FALLO: Esta causa de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado NATALIA VERONICA PIOMBO haga a la acreedora MUNICIPALIDAD DE LANÚS íntegro pago del capital reclamado de PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO ($212.928,00), con más intereses, costos y costas (arts. 68 y 556 del C.P.C.C )." "Al importe de esta condena, se le adicionarán intereses que se calcularán desde la fecha de mora que surja del certificado de deuda hasta el efectivo pago de acuerdo a la tasa establecida por la Ordenanza Fiscal e Impositiva N° 7244/91, siempre y cuando los mismos no excedan la tasa activa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días." "Costas al ejecutado vencido (arts. 68 y 566 del C.P.C.C ). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 Ley 8904 y Ley 14.967). Tiénese a la parte demandada por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 41 del C.P.C.C). REGISTRESE. NOTIFIQUESE."

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