MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA C/ YERRY LINE S.A S/ APREMIO
La Municipalidad de Bahía Blanca promovió ejecución por apremio contra Yerry Line S.A. El Tribunal declaró constituido el domicilio legal del ejecutado por pérdida del derecho a oponer excepciones y ordenó la ejecución hasta obtener el pago de $1.346.147,40 más intereses, costas y costas de la ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA.
Demandado: YERRY LINE S.A.
Objeto: Ejecución por apremio para obtener el pago íntegro del capital reclamado de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS ($1.346.147,40), más sus intereses, costos y costas de la ejecución.
Decisión: Se tuvo por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados del juzgado por no haber opuesto excepciones en término; se declaró la causa de trance y remate y se mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado con más intereses, costos y costas. Se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 Ley 14967.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dàse por perdido el derecho que ha dejado de usar y conforme lo dispuesto por el art. 7 Ley 13406 tiénesele por constituido su domicilio en los estrados del juzgado."
"Por ello conforme con lo pedido y lo dispuesto por los art. 10 Ley 13406, fallo esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado YERRY LINE S.A haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS ($1.346.147,40), con más sus intereses costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 C.P.C.)."
"Se deja constancia de que la parte demandada fue intimada de pago según mandamiento adjuntado digitalmente con fecha 11/ago/2026 en calle General Enrique Mosconi Nro.1440. Difiérese la regulación de honorarios del letrado interviniente para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14967. Notifíquese. Regístrese digitalmente (Res. SC 921/21 SCBA)."
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