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PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ CHAÑAL DIEGO ALEJANDRO Y OTRO/A S/ EJECUCION PRENDARIA

Ejecución prendaria promovida por PLAN ROMBO S.A. para cobrar capital adeudado por la compra de un automotor. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, condenó al pago del capital de $858.559,68 y ordenó liquidación con intereses según la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires más el reajuste contractual, disponiendo remate si no se paga.

Ejecucion prendaria Contrato de ahorro Mora 14/01/2019 Capital $858.559 68 Intereses banco provincia Remate Costas Regulacion de honorarios diferida Domicilio constituido Primera instancia (tribunal).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS. Demandado: Diego Alejandro Chañal y Rubén Dario Esquivel Gamarra. Objeto: Ejecución prendaria para el cobro de capital adeudado por contrato de ahorro destinado a la adquisición de un automotor; se solicita remate y ejecución sobre la garantía prendaria. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución hasta tanto los ejecutados paguen íntegramente el capital reclamado por $858.559,68, con liquidación desde la fecha de mora (14/1/2019) aplicando la tasa fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para operaciones de descuento a 30 días más el reajuste pactado en contrato; se impusieron las costas a la parte demandada, se difirió la regulación de honorarios y se tuvo por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, en lenguaje original del tribunal): "I) Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones dentro del plazo legal que establece el art. 540 del C.P.C.C. y encontrándose el demandado Diego Alejandro Chañal, intimado de pago y citado de remate con fecha 15 de Julio de 2026, conforme surge del mandamiento acompañado electrónicamente con la presentación del día 19/9/23, en el domicilio de la calle Ricardo Rojas n° 262 de Grand Bourg, Pdo. de Malvinas Argentinas, Pcia. de Bs. As., y el demandado Rubén Dario Esquivel Gamarra, intimado de pago y citado de remate con fecha 15/7/26, conforme surge del mandamiento acompañado electrónicamente con la presentación del día 11/8/26, en el domicilio de la calle Almirante Brown 638 de CABA , déseles por perdido el derecho que han dejado de usar y téngase su domicilio por constituido en los Estrados del Juzgado." "III) Que debe tenerse como fecha de constitución en mora por la suma de $ 858.559,68 PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS), el día 14/1/2019." "IV) Que respecto de los intereses requeridos deberá al capital de condena aplicársele la tasa de interés fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para sus operaciones de descuento a treinta (30) días por ser ésta la institución bancaria oficial que la fija dentro del ámbito de esta Provincia, con más el reajuste pactado en el contrato que a las partes vincula (contrato acompañado electrónicamente con la presentación del día 13/5/22 cláusulas 4°, 5º y 6°), sólo en lo referido a la 60 ava parte del precio de lista de venta al público, sugerido por el fabricante para un automotor de la misma marca y modelo, siempre que el mismo se encuentre vigente, circunstancia que deberá ser acreditada al momento de la pertinente liquidación..., desde la fecha de mora acaecida el día 14/1/2019 y ello hasta su efectivo pago." FALLO (extracto del dispositivo): "1º) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto los ejecutados Diego Alejandro Chañal y Rubén Dario Esquivel Gamarra, hagan al acreedor PLAN ROMBO S.A. PARA FINES DETERMINADOS, íntegro el pago del capital reclamado que asciende a la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS, $ 858.559,68 que se liquidará a partir de la fecha de mora operada el día 14/1/2019, a la que deberá aplicársele la tasa de interés fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para sus operaciones de descuento a treinta (30) días ... con más el reajuste pactado en el contrato ... sólo en lo referido a la 60 ava parte del precio de lista de venta al público ... todo ello hasta el momento del efectivo pago; 2º) Imponer las costas del presente proceso a la parte demandada que resulta vencida; 3º) Diferir la regulación de los honorarios ...; 4º) Tener al demandado por constituido su domicilio en los Estrados del Juzgado; REGISTRESE. NOTIFIQUESE."

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