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MOBILIA OSCAR JULIO S/ SUCESION TESTAMENTARIA

Solicitud de aclaratoria sobre la aprobación de testamento en sucesión testamentaria. El Tribunal accedió a la aclaratoria y rectificó la referencia de fojas en la interlocutoria de aprobación del testamento del 17-3-2023, ordenando su inscripción y notificación según el sistema de notificaciones electrónicas.

Sucesion testamentaria Aclaratoria Aprobacion de testamento Rectificacion de fojas Interlocutoria registrable Notificacion electronica Inscripcion Fernando sarries Quilmes Prueba documental.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Expediente caratulado "MOBILIA OSCAR JULIO S/ SUCESION TESTAMENTARIA" (la presente actuación refiere a la sucesión de Mobilia Oscar Julio y a los interesados que actuaron por medio de sus letrados). Demandado: Se tramita la sucesión del causante Mobilia Oscar Julio; no se individualizan partes actorales y demandadas en el proveído de aclaratoria. Objeto: Se solicitó aclaratoria/rectificación de la aprobación de testamento consignada en la interlocutoria registrable del 17-3-2023, por error en la indicación de las fojas del testamento aprobado. Decisión: Se hizo lugar a la aclaratoria y se rectificó la aprobación del testamento: donde decía "apruebase el testamento traído a fs. 96/97..." debe decir "apruebase el testamento traído a fs. 94/96...". Se ordenó registrar la rectificación y notificar por remisión de copia digital al domicilio electrónico del profesional y por añadidura a sus patrocinados, con cómputo de notificación según el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos tal cual aparecen en el proveído): "Téngase presente lo expuesto. En atención a lo solicitado, rectifíquese la aprobación de testamento dispuesta en fecha 17-3-2023 -INTERLOCUTORIA REGISTRABLE (248300597018461674)-, en el sentido que donde dice: '(...) apruébase el testamento traído a fs. 96/97 que oportunamente fuera declarado válido en cuanto a sus formas (...)'; debe decir: '(...) apruébase el testamento traído a fs. 94/96 que oportunamente fuera declarado válido en cuanto a sus formas (...).' REGISTRESE en relación al RS 64/2023. NOTIFIQUESE, a través de la remisión de copia digital de la presente en el domicilio electrónico del profesional y por añadidura a sus patrocinados, teniéndose por cumplida la notificación el día martes o viernes inmediato posterior -o el siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere
- a aquél en que hubiere quedado disponible para su destinatario en el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas (arts. 34 inciso 5to. ap. 'a' y 'e', 135 del CPCC; Acuerdos nro. 3991/2020 y modif.; 4039/2021 SCJBA).-" Además constan las diligencias de notificación concretadas: "En la misma fecha dí cumplimiento con la notificación ordenada en 27310335148@notificaciones.scba.gov.ar, Dra. Ileana Belen ROUMIEU; 27164432284@notificaciones.scba.gov.ar, Dra. Gabriela Isabel Guerriero; 20272167398@notificaciones.scba.gov.ar, Dr. Pablo Martin Stolarski; 27344170660@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR, Dra. Carolina Celeste Pollet." (Firma digital: FERNANDO SARRIES. Referencias a Art. 288 CCCN y resoluciones de la SCJBA consignadas en el proveído.)

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