SILVI GUSTAVO LUIS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Solicitud de beneficio de litigar sin gastos en incidente conexo a proceso ejecutivo. El Tribunal se inhibió por incompetencia en virtud del art. 6 inc. 5 y art. 34 inc. 5 del CPCC y ordenó remitir las actuaciones al Juzgado de Igual Clase y Jurisdicción Nº17.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SILVI GUSTAVO LUIS.
Demandado: No surge identificado en el proveído.
Objeto: Otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos (incidente de beneficio de litigar sin gastos) en el marco de un proceso ejecutivo.
Decisión: El Magistrado se inhibe de entender en el incidente y ordena remitir las actuaciones al Juzgado de Igual Clase y Jurisdicción Nº17, por ser competente para conocer del incidente según el art. 6 inc. 5 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original):
"Toda vez que el proceso ejecutivo para el cual se pide la presente franquicia se encuentra radicado por ante el Juzgado de Igual Clase y Jurisdicción Nº17 (ver constancia adjunta a la presente) y, siendo que el art.6 inc.5 del CPCC dispone que en el incidente de beneficio de litigar sin gastos resulta competente el Magistrado que deba conocer en el proceso principal, corresponde inhibirme de entender en los presentes obrados, lo que así RESUELVO (art.34 inc.5 CPCC)."
"Firme el presente, remítanse las actuaciones al Juzgado supra mencionado, por intermedio de Receptoría General de Expedientes previa baja en los Libros de Secretaría y en la red informática. REGISTRESE. NOTIFIQUESE."
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