Logo

SUBILS PABLO GABRIEL y otro/a S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Incidente de beneficio de litigar sin gastos promovido por Subils y otro contra ATM Compañía de Seguros. El Tribunal se inhibe por incompetencia funcional y ordena remitir las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n°11 de La Plata, por ser ese el competente para conocer del incidente.

Beneficio de litigar sin gastos Incidente Inhibicion Competencia Remision de actuaciones Juzgado civil y comercial n?11 la plata Cpcc art.6 inc.5 Cpcc art.34 inc.5 Certificacion actuarial Subils pablo gabriel

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: SUBILS PABLO GABRIEL y otro/a promovieron el incidente de BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS. Demandado: ATM COMPAÑÍA DE SEGUROS (en el expediente principal). Objeto: Se solicita el beneficio de litigar sin gastos en el marco del proceso principal caratulado "SUBILS PABLO GABRIEL C/ ATM COMPAÑÍA DE SEGUROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" Expte. LP 38639/2025. Decisión: El juez se inhibe de seguir entendiendo en el trámite del incidente y ordena remitir las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n°11 de La Plata, por ser ese el magistrado competente para conocer en el proceso principal.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Téngase presente la certificación actuarial que antecede y hágase saber (art.34 inc.5 CPCC)." "Consecuentemente, toda vez que los autos principales caratulados 'SUBILS PABLO GABRIEL C/ ATM COMPAÑIA DE SEGUROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS' Expte. LP 38639/2025, fueron radicados por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n°11 de La Plata y, siendo que el código de rito dispone que en el incidente de beneficio de litigar sin gastos será competente el Magistrado que deba conocer en el proceso principal, corresponde me inhiba de seguir entendiendo en el trámite de los presentes actuados, lo que así RESUELVO (art.6 inc.5 y 34 inc.5 CPCC)." "Firme el presente, remítanse las actuaciones al Juzgado supra mencionado, por intermedio de Receptoría General de Expedientes previa baja en los Libros de Secretaría y en la red informática. REGISTRESE. NOTIFIQUESE." (No constan votos en disidencia ni consideraciones distintas; la resolución es la plasmada en el bloque decisorio.)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar