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OLMOS, TERESA AURORA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Acción de la Sra. Teresa Aurora Olmos contra ANSeS por reconocimiento de Pensión Directa de Retiro Transitorio por Invalidez por fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda y ordenó a ANSeS dictar una nueva resolución reconociendo el beneficio, imponiendo además las costas de alzada a la accionada.

Pension directa Ley 24.476 Moratoria Regimen de regularizacion voluntaria Aportes Anses Costas Seguridad social Pinto Tarditti.


¿Quién es el actor?

Teresa Aurora Olmos.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Acceso a Pensión Directa de Retiro Transitorio por Invalidez del cónyuge causante Roque Alejandro Villagra, denegada por resolución administrativa.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 16 de agosto de 2022 dictada por el Juez Federal N° 3 de Córdoba en todo lo que decide y ha sido materia de agravio, ordenando a ANSeS emitir nueva resolución otorgando a la actora el beneficio reclamado; se impusieron las costas de segunda instancia a la accionada, regulándose los honorarios de la asistencia letrada de la parte actora en el 35% de lo estimado en la instancia de grado, sin regular honorarios a la representación de la demandada por ser profesional a sueldo de su mandante.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal cual del fallo): 1) "El 16 de agosto de 2022, el señor Juez de grado dispuso hacer lugar a la acción. Para ello, tuvo en cuenta que no es condición para acceder al regimen de regularización voluntaria de deuda prescripto por la Ley N° 24.476, que el causante se encontrara afiliado como autónomo antes de su deceso." 2) "La Ley N° 24.476, específicamente en el capítulo II, instituye para los trabajadores un régimen de regularización voluntaria de deuda devengada hasta el 30/9/1993, ofreciendo la posibilidad de pagar aportes y contribuciones por los años necesarios... Estableciendo en el art. 5, expresamente, que se encuentran comprendidos en este régimen de regularización voluntaria 'todos los trabajadores autónomos, inscriptos o no'..." 3) "Al momento del cese laboral, esto es el 30/9/1993, el causante tenía 55 años, 5 meses y 18 días... aportó por un total de 19 años 9 meses y 26 días al Sistema Previsional entre los aportados efectivamente y aquellos completados por la actora mediante moratoria Ley 24.476... la cantidad de aportes acreditados en relación a los que podía exigírsele en forma proporcional con su vida laboral representan más del 50% de años de servicios requeridos, conforme la doctrina sentada por la CSJN en autos 'Pinto, Ángela Amanda'..." 4) Sobre costas: "En el caso resulta de aplicación el régimen general previsto en el C.P.C.C.N.... tiene aplicación al caso las previsiones contenidas en el art. 36 de la ley N° 27.423... Por ello y atento al resultado arribado en la instancia de grado en donde la demandada resultó vencida, se confirma lo decidido por el Inferior en cuanto al punto."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia en el acuerdo final; la parte resolutiva expresa el acuerdo de la Cámara y prevalece sobre propuestas individuales.

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