Logo

ORTIZ, SARA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora promovió acción contra ANSES por reajustes por movilidad y ejecución de sentencia por $23.988.941,90 más intereses. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que aprobó la planilla, ordenó el pago íntegro sin retención del impuesto a las ganancias y declaró la inconstitucionalidad de normas de la ley 20.628 relativas a la retención.

Reajustes por movilidad Anses Ejecucion de sentencia Impuesto a las ganancias Inconstitucionalidad Costas de la alzada Honorarios Planilla de liquidacion Seguridad social Sentencia confirmada


¿Quién es el actor?

ORTIZ, Sara María (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes por movilidad, ejecución de sentencia por montos retroactivos y la exclusión de esas sumas de la retención del Impuesto a las Ganancias.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 26/02/2026 dictada por el Juez Federal Subrogante del Juzgado N°1 de Córdoba en todo lo que decide y fue materia de agravios; se impusieron las costas de la alzada a la demandada perdidosa y se regularon honorarios a la asistencia letrada de la actora en el 35% de lo estimado en la instancia inferior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes): "En la que resolvió: a) Aprobar, en cuanto por derecho corresponda, la planilla formulada por la parte actora y desestimar las impugnaciones interpuestas por la demandada: b) Declarar procedente la ejecución de sentencia en contra de la Administración Nacional de la Seguridad Social por el monto de pesos Veintitrés Millones Novecientos Ochenta y Ocho Mil Novecientos Cuarenta y Uno con 90/100 centavos ($23.988.941,90) al 16/01/2026 en concepto de capital e intereses, con más la tasa pasiva que publica el BCRA y hasta su efectivo pago; y ordenar a dicho organismo que proceda a hacer al acreedor íntegro pago de la suma referida sin la retención del impuesto a las ganancias conforme a lo argumentado en el Considerando correspondiente;" "c) Declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc c); 81 y 90 de la ley 20.628, texto según leyes 27.346 y 27.430. y en consecuencia, establecer que las sumas adeudadas en concepto de retroactivo emergente del reajuste ordenado, sus intereses, así como en concepto del haber reajustado en sí mismo; se encuentran exentas de la retención del Impuesto a las Ganancias;" "II.
- Imponer las costas de la Alzada a la demandada perdidosa (conf. art. 68, 1ª parte del CPCCN y art. 36 de la Ley N° 27.423), regulándose los honorarios por la actuación en esta instancia a la asistencia letrada de la parte actora en el 35% de lo estimado en la instancia inferior, no haciendo lo propio con la representación jurídica de la demandada por ser profesional a sueldo de su mandante (conforme arts. 30 y 2 respectivamente de la ley arancelaria N° 27.423 aplicable al caso)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión es por mayoría tal como figura en la Parte Resolutiva.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar