CASTAGNINO JORGE MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Reclamo de reajustes por movilidad de jubilación contra ANSES. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia: actualizó remuneraciones según el índice ISBIC para el haber inicial, difirió a liquidación el tratamiento de la PBU, declaró constitucional el art. 2 de la Ley 27.426 y confirmó lo demás.
¿Quién es el actor?
CASTAGNINO, Jorge María.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad y recálculo del haber previsional del actor; impugnación de diversos aspectos de la actualización, tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes (art. 9 Ley 24.241), retención del impuesto a las ganancias y constitucionalidad de normas (Ley 27.426, Ley 27.541).
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de fecha 27/08/2021 en los puntos indicados: se ordenó actualizar las remuneraciones en relación de dependencia para determinar el haber inicial conforme los lineamientos dados (aplicando el ISBIC hasta febrero de 2009 y normas aplicables según fecha de adquisición del beneficio), se difirió para la etapa de liquidación el tratamiento de la PBU, se declaró la constitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y se impusieron las costas de primera instancia en el orden causado. Se confirmó la sentencia en todo lo demás respecto del art. 9 de la Ley 24.241 y la aplicación del precedente Villanustre, según el alcance decidido. Se impusieron además las costas de la Alzada y se fijaron honorarios del apoderado del actor en el 30% de lo que se fije por la labor en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En función de ello, se debe valorar la fecha de obtención del beneficio y las pautas establecidas en los artículos 24 inc a) y 97 de la Ley 24.241
- según corresponda
- y actualizar las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.). Para el período posterior, debe estarse a lo dispuesto por la normativa aplicable según la fecha de obtención del beneficio."
2) "Respecto al cuestionamiento de la accionada sobre la actualización de la P.B.U., este Tribunal ya ha dejado sentada su postura... en cuanto considera apropiado diferir el análisis sobre la suma final a la que ascendería la PBU a la etapa de liquidación de la sentencia, tal como lo dispuso el Alto Tribunal en el precedente 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios', sentencia de fecha 11/11/2014, ocasión en la cual se podrá determinar si la falta de actualización de la Prestación Básica Universal produce una disminución confiscatoria del 'total del haber inicial'..."
3) "En cuanto al planteo de la demandada relacionado con la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley Nº 27.426 ... corresponde hacer lugar al recurso de apelación de la demandada y modificar la sentencia recurrida en este punto. Ello así ya que el valor de la jurisprudencia que provee de fundamento a la doctrina jurisprudencial del Máximo Tribunal de la Nación es la autoridad institucional de sus precedentes..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el bloque resolutorio final; la resolución adoptada es la que surge del acuerdo mayoritario.
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