ARCA c/ ALTO NIVEL S R L s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal promovida por ARCA (ex AFIP) contra ALTO NIVEL SRL por deuda tributaria de $47.847.661,44. El Juzgado declaró expedita la ejecución, habilitando a la AFIP para cobrar el capital y sus intereses, ordenando costas a la demandada y facultando embargos, inhibiciones e imputación de fondos conforme Ley 11.683.
¿Quién es el actor?
ARCA (Ex A.F.I.P.)
¿A quién se demanda?
ALTO NIVEL S R L
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $47.847.661,44 que surge de la boleta de deuda agregada en autos.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra ALTO NIVEL SRL, quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $47847661.44 más intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se autorizó la traba de inhibición general de bienes en caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario; se ordenó que, de resultar positivo el embargo, la ejecutante deberá solicitar la imputación de fondos dentro de cinco días de quedar firme la sentencia; la AFIP practicará la liquidación de la deuda que podrá ser impugnada en cinco días ante el Tribunal.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Las presentes actuaciones caratuladas 'ARCA c/ ALTO NIVEL S R L s/EJECUCION FISCAL
- ARCA (Ex A.F.I.P.)', Expediente Nº20991/2026, venidas a despacho para resolver la ejecución fiscal promovida por ARCA en contra de ALTO NIVEL S R L por la suma de $ 47847661.44 correspondiente a los conceptos que surgen de la boleta de deuda agregada en autos."
"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia en los términos y modalidad requeridos por la ejecutante..."
"Por ello, y de conformidad con las normas legales citadas, RESUELVO: I.
- Declarar expedita la ejecución de la deuda en contra de el/la demandado/a ALTO NIVEL S R L, quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $47847661.44, con más sus intereses legales."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el expediente sometido; la parte resolutiva es firme y prevalece como decisión del Tribunal.
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