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VARGAS, ALBERTO MARTIN c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Reclamó el actor indemnización por daños y perjuicios derivados de su detención preventiva y el agravamiento de su salud durante la reclusión. El Juzgado Federal rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 5 de la ley 26.944 y desestimó la demanda contra el Estado Nacional y contra la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal por falta de mérito probatorio y ausencia de falta de servicio.

Responsabilidad estatal Error judicial Prision preventiva Falta de servicio Salud del detenido Inconstitucionalidad ley 26.944 Indemnizacion por danos y perjuicios Prueba Costas Servicio penitenciario federal.


¿Quién es el actor?

Alberto Martín Vargas.
- Demandados: Estado Nacional
- Ministerio de Justicia
- Poder Judicial de la Nación; Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal (co-demandada rebelde).
- Objeto de la demanda: acción de daños y perjuicios por error judicial y/o falta de servicio por la privación de la libertad (prisión preventiva) durante un año, tres meses y once días y por el agravamiento de su estado de salud; petición de inconstitucionalidad de arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y del art. 5 de la ley 26.944. Cuantificación reclamada: $16.087.631,15 (detalle: incapacidad $6.402.956,15; lucro cesante $816.675; daño futuro $468.000; daño moral $8.000.000; daño psíquico $400.000). Petición de beneficio de litigar sin gastos.

¿Qué se resolvió?

El juez resolvió rechazar el planteo de inconstitucionalidad del art. 5 de la Ley 26.944; rechazar la demanda contra el Estado Nacional
- Ministerio de Justicia; rechazar la demanda contra la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal; imponer costas a la parte actora con los alcances del beneficio de litigar sin gastos; y diferir la regulación de honorarios hasta acreditar la situación previsional e impositiva de los letrados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): 1) Sobre el planteo de inconstitucionalidad: "Es por ello mismo que el planteo de inconstitucionalidad exige un sólido desarrollo argumental y fundamentos suficientes ... cosa que en este caso no ocurre. Es que, del planteo efectuado, no se desprende una argumentación en concreto de los preceptos constitucionales violados... Por lo expuesto, corresponde rechazar el planteo de inconstitucionalidad del art. 5 de la Ley 26.944, en virtud de los fundamentos expuestos." 2) Sobre la responsabilidad por error judicial y la prisión preventiva: "…la indemnización por la privación de la libertad durante el proceso no debe ser reconocida automáticamente a consecuencia de la absolución sino únicamente cuando el auto de prisión preventiva se revele como incuestionablemente infundado o arbitrario... En esta línea, se ha rechazado una pretensión indemnizatoria con fundamento en que 'el actor no ha alegado, ni siquiera mínimamente, que al tiempo de dictarse la prisión preventiva el órgano judicial interviniente haya carecido de elementos racionales que avalaran esa decisión.'" 3) Aplicación al caso concreto y conclusión contra el Estado Nacional: "Y, entrando en análisis de las constancias de los autos remitidos, entiendo que no hubo un decidir 'incuestionablemente infundado o arbitrario' en la sentencia del 6 de julio de 2.017 que determinó la prisión preventiva del Sr. Vargas... Todo ello coadyuva a mi entender, según el cual, no hubo un auto de procesamiento 'arbitrario e infundado'... Por ello, en base a lo expuesto, corresponde rechazar la demanda contra el Estado Nacional
- Ministerio de Justicia, por los fundamentos vertidos supra." 4) Sobre la responsabilidad del Servicio Penitenciario Federal y falta de servicio: "Comprendo que no se encuentra acreditado, con los elementos de prueba obrantes en el expediente, que se haya configurado una efectiva 'falta de servicio' por parte del Servicio Penitenciario Federal... de acuerdo con el artículo 1º de la Ley 20416... Ello, en tanto, el accionante atribuye el agravamiento de su estado de salud a su estadía en el sistema penitenciario, no obstante, surge de los incidentes obrantes... que el Sr. Vargas contó con una atención médica constante durante su tiempo bajo régimen de prisión preventiva... Que, como ya se adelantó, para que proceda la acción resarcitoria contra el Estado, deben concurrir simultáneamente determinados requisitos... En función de cuanto se lleva expuesto y a la luz de la normativa analizada, se concluye que no existe mérito en la causa para imputar responsabilidad objetiva al ente estatal por su pretendida falta de servicio..."
- No hubo votos en disidencia relevantes: la sentencia es de un solo juez que resolvió en los términos transcritos.

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