Legajo Nº 1 - IMPUTADO: ARANDA, JOSÉ MIGUEL s/LEGAJO DE CASACION
El representante del Ministerio Público Fiscal desistió del recurso de casación contra la declaración de inconstitucionalidad hecha a favor de José Miguel Aranda. La Cámara Federal de Casación Penal tuvo por desistido el recurso y ordenó su registro y notificaciones, sin costas.
¿Quién es el actor?
Representante del Ministerio Público Fiscal (Fiscal General ante la Cámara).
- Demandado / parte beneficiaria de la resolución recurrida: José Miguel Aranda (y la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Rosario).
- Objeto de la impugnación: recurso de casación interpuesto contra la resolución del TOCF N°1 de Rosario del 10/6/2026 que declaró la inconstitucionalidad de los artículos 56 bis, inciso 10, de la Ley 24.660 y 14, inciso 10, del Código Penal, según la redacción de la Ley N° 27.375, en favor de José Miguel Aranda.
¿Qué se resolvió?
Se tuvo por desistido el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal y se ordenó notificar a la Defensa Pública Oficial que asiste a José Miguel Aranda y al representante del Ministerio Público Fiscal, remitiendo el expediente al tribunal de origen, todo ello sin costas.
- Fundamentos principales (textos y citas transcritas del fallo):
“Para resolver el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal en la presente causa FRO 20756/2023/... caratulada: ‘ARANDA, José Miguel s/recurso de casación’...”
“III. Posteriormente, el señor Fiscal General ante esta Cámara Federal de Casación Penal, en fecha 19 de agosto del corriente desistió -por sus fundamentos
- del recurso de casación interpuesto (cfr. art. 443, segundo párrafo, del C.P.P.N.).”
“IV. Así las cosas, y sin perjuicio de nuestra opinión sobre la cuestión planteada (cfr. Plenario N° 16 de esta Cámara Federal de Casación Penal, ‘Tobar Coca s/recurso de inaplicabilidad de ley’ del 8/4/25) en virtud de lo dispuesto en el art. 443 del C.P.P.N., corresponde tener por desistida la impugnación deducida por el Ministerio Público Fiscal.”
Dispositivo final: “TENER POR DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal, sin costas (arts. 443 y 532 C.P.P.N.). Regístrese, notifíquese a la Defensa Pública Oficial que asiste a José Miguel Aranda y al representante del Ministerio Público Fiscal, y remítase al tribunal de origen mediante pase digital, sirviendo la presente de atenta nota de envío.”
- Votos / mayoría: La resolución fue adoptada por voto concurrente de los señores jueces Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky; se menciona que el juez Javier Carbajo se hallaba en uso de licencia.
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