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ORTUBIA PABLO CESAR S/ INFORMACIÓN SUMARIA

Solicitud de información sumaria para acreditar convivencia con la obra social. El Tribunal tuvo por acreditada la convivencia entre Ortubia Pablo César y Benso Marcia Daiana en el inmueble de La Rioja 5590 y ordenó expedir testimonio para entrega al interesado, basándose en la documental y las audiencias testimoniales.

Informacion sumaria Convivencia Osprera Prueba testimonial Domicilio Declaracion judicial Cpcc arts. 166 y ss. Constitucion provincial arts. 168 y 171 Testimonio Expte. 112680.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El Sr. Ortubia Pablo Cesar DNI 29.300.277 inició las actuaciones el 3/7/2026 para acreditar la convivencia con la Sra. Benso Marcia Daiana ante la Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina (OSPRERA). Demandado: La Sra. Benso Marcia Daiana DNI 34.291.611. Objeto: Acreditación de convivencia con fines de su reconocimiento ante OSPRERA mediante procedimiento de información sumaria. Decisión: Se declaró acreditada la convivencia entre las partes en el inmueble ubicado en La Rioja n°5590, Bahía Blanca; se ordenó expedir testimonio del caso para su entrega al interesado, y notificar y registrar copia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "La información sumaria es un procedimiento probatorio prima facie, dotado de cierto carácter de provisoriedad, y que debe agregarse a los demás hechos que deben surgir de prueba complementaria que ha de aportarse a la testimonial ofrecida, ya que las declaraciones testimoniales no hacen plena prueba, quedando librada su apreciación al arbitrio judicial. Son probanzas unilaterales en el sentido que han sido producidas sin las garantías del contradictorio." "De la documental agregada en autos, consta que el domicilio del Sr. Ortubia Pablo Cesar y de la Sra. Benso Marcia Daiana es en calle La Rioja n°5590 de esta ciudad. De las audiencias testimoniales las cuales lucen agregadas a fs. 4 y 5, surge que el Sr. Ortubia Pablo Cesar y la Sra. Benso Marcia Daiana, conviven en el mismo inmueble de calle La Rioja." "Es por todo lo expuesto, que queda demostrado que entre el Sr. Ortubia Pablo Cesar DNI 29.300.277 y la Sra. Benso Marcia Daiana DNI 34.291.611 existe convivencia, lo que así declaro." "POR ELLO, a mérito de lo dispuesto por los arts. 168 -1er. Párr.
- y 171 de la Constitución Provincial y arts. 166 y cc. del CPCC, RESUELVO: tener por acreditado que el Sr. Ortubia Pablo Cesar DNI 29.300.277 convive con la Sra. Benso Marcia Daiana DNI 34.291.611 en el Inmueble de calle La Rioja n°5590 de esta ciudad de Bahía Blanca. Expídase por Secretaría el testimonio del caso para su entrega al interesado. Notifíquese y regístrese copia."
- Fechas relevantes: inicio de actuaciones 3/7/2026; autos pasaron para sentencia el 6/8/2026; providencia previa de fecha 7/7/2026.

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