CHIRINO, NATALIA ELIZABETH c/ PROVINCIA ART S.A. -6- s/RECURSO LEY 27348
La actora demandó por enfermedad profesional derivada de tareas de maestranza y solicitó indemnización. El Juzgado hizo lugar a la acción, vinculó causalmente la incapacidad del 8,09% a las tareas desempeñadas y condenó a PROVINCIA ART S.A. al pago de $1.753.189,56 más intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CHIRINO, NATALIA ELIZABETH.
Demandado: PROVINCIA ART S.A. (aseguradora vinculada al empleador BAYTON SERVICIOS EMPRESARIOS S.A.).
Objeto: reconocimiento de enfermedad profesional (hernia discal lumbar y lumbociatalgia) y consecuente indemnización por incapacidad parcial y permanente derivada de las tareas desempeñadas.
Decisión: Se hace lugar a la acción promovida por la actora y se condena a PROVINCIA ART S.A. a pagar la suma de $1.753.189,56 en el plazo de cinco días de notificada la liquidación prevista por el art. 132 LO, más los intereses conforme a lo dispuesto en el considerando; costas a cargo de la demandada; y regulación de honorarios (8 UMAs para la actora, 5 UMAs para la demandada y 3 UMAs para el perito).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En consecuencia, de las declaraciones testimoniales producidas, así como del peritaje médico realizado en la causa, al que he de otorgarle plena validez probatoria, considero que la realización de dichas tareas, realizadas para su empleadora, a lo largo del tiempo pudieron ocasionarle las patologías que producen la incapacidad que porta.-"
"Dicho lo anterior, no corresponde más que vincular la minusvalía del 8.09% de la T.O a la Sra. CHIRINO, NATALIA ELIZABETH, por la enfermedad denunciada, con fecha de toma del conocimiento del 01/12/2023, ello conforme surge del telegrama incorporado al SRT N° 445756/24, folio 10, y en ese escenario, la disminución en su capacidad laborativa debe ser objeto de condena y por ende de indemnización."
"De acuerdo a ello, la actora sería acreedora de la indemnización que asciende a la suma de: $438.119,49 toda vez que la que prescribe el art. 14 inc. 2. a) de la Ley 24.557... dicho monto resulta inferior al mínimo establecido en la Resolución 39/2023... ($18.059.225 x 8.09%= $ 1.460.991,30. Por ello, tomaré el monto de pesos $ 1.460.991,30. Por otra parte, corresponde receptar la viabilidad del pago adicional previsto en el artículo 3º de la ley 26.773 al accidente laboral del caso, por lo que adicionándose el 20% ($292.198,26) el total del monto ascenderá a la suma de $1.753.189,56.-"
"Por todo lo expuesto, en definitiva, FALLO: 1) Hacer lugar a la acción interpuesta por CHIRINO, NATALIA ELIZABETH y condenar a PROVINCIA ART S.A, a pagar la suma de ... $1.753.189,56 ..."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en la resolución judicial.
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