PEDOTTI RODOLFO ALEJANDRO c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demanda por reconocimiento de condición de Veterano de Guerra y acceso a beneficios previsionales. El Juzgado hizo lugar a la demanda, reconociendo a Pedotti la condición de VETERANO DE GUERRA por su participación en tareas vinculadas al operativo bélico y ordenó costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
Pedotti Rodolfo Alejandro.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa de la Nación
- Estado Mayor General de la Armada Argentina.
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de la condición de Veterano de Guerra del Conflicto Bélico del Atlántico Sur y acceso a la Pensión de Guerra (leyes 23.109 y 23.848) y declaración de inconstitucionalidad del Decreto 509/88 (petición accesoria).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se reconoció al actor la condición de VETERANO DE GUERRA a efectos de que pueda tramitar los beneficios que pudieren corresponder; se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon honorarios de la dirección letrada en 15 UMA, equivalentes a $1.563.300 a la fecha.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Al respecto, no puede soslayarse la interpretación formulada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la normativa aplicable. En la causa 'Gerez, Carmelo Antonio c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa s/ impugnación de resolución administrativa – proceso ordinario' (Fallos: 333:2141 y 338:412), el Alto Tribunal identificó tres requisitos para el reconocimiento de la condición de veterano de guerra: uno temporal, consistente en haber cumplido funciones entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982; otro geográfico, referido al ámbito comprendido por el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS); y, finalmente, uno vinculado con la naturaleza de la actuación desplegada, que exige haber 'entrado efectivamente en combate'."
"De acuerdo con esta pauta, la participación en acciones bélicas no se circunscribe a la intervención personal en un enfrentamiento armado. También exige valorar las funciones efectivamente cumplidas y su relación con las operaciones militares."
"La prueba reunida demuestra que las tareas realizadas por el actor estuvieron directamente vinculadas con el transporte y abastecimiento del personal, material y equipamiento requeridos para las operaciones militares. Su actividad formó parte del dispositivo dispuesto para sostener las acciones desarrolladas en las Islas Malvinas y contribuyó a asegurar la disponibilidad de los recursos necesarios para llevarlas adelante."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el bloque dispositivo final; la decisión del tribunal es la transcripta en la parte resolutiva.
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