CURRA JONATAN DANIEL C/ ZINGONI VICTOR JESUS Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra el conductor de una BAJAJ Rouser y su aseguradora. El Tribunal hace lugar a la demanda y condena a Víctor Jesús Zingoni y a la aseguradora al pago de $22.520.000 más intereses y costas, por considerar probado que la maniobra de giro del demandado causó el siniestro y las secuelas del actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Jonatan Daniel Curra.
Demandado: Víctor Jesús Zingoni; citada en garantía Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda.
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios (lesiones personales, incapacidad, gastos farmacéuticos y de traslados, daño moral y psíquico, tratamiento psicológico y kinesiológico, daño emergente, privación de uso y pérdida de valor venal) por accidente de tránsito ocurrido el 6/9/2023.
Decisión: Se hace lugar a la demanda y se condena a Víctor Jesús Zingoni y, en la medida de la póliza, a Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda., a pagar la suma de veintidós millones quinientos veinte mil pesos ($22.520.000), con intereses y costas en la forma indicada en la sentencia. Se admiten y cuantifican varios rubros (incapacidad, daño moral, daño psíquico y tratamiento, gastos farmacéuticos y de traslados, tratamiento kinesiológico) y se rechazan otros por falta de prueba (daño emergente, privación de uso, pérdida de valor venal).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En efecto, quedó corroborado el hecho que involucra a las personas y vehículos denunciados en la demanda, conforme el expreso reconocimiento formulado en el escrito de responde y según surge de las actuaciones policiales de la que da cuenta la causa IPP n° 16-00-010401-23/00 recibida. Como contrapartida, no se advierte pieza que acredite conducta de la víctima, o de un tercero por quien no se deba responder, interruptiva del nexo causal entre el hecho y el daño causado.
Con los términos que surgen del acta de procedimiento de fs. 4, croquis ilustrativo de fs. 8, fotografías de fs. 5 y 13/14, cédula de identificación de automotor de fs. 22 e inspecciones técnicas de fs. 9/10 y 11/12 (que constata daños en el frente de la motocicleta del actor y en el lado izquierdo de la conducida por el accionado) puede confirmarse prima facie la tesis fáctica planteada en la demanda en el sentido de que el impacto se produjo por la interrupción de la motocicleta conducida por el demandado en el curso de tránsito de la motocicleta en la que se trasladaba el actor. Ello así, autoriza a tener por ciertos los hechos alegados."
"Merituadas tales circunstancias, es mi opinión que por vía de lo establecido por los arts. 1722, 1729, 1736, 1757 y 1758 del Código Civil y Comercial y arts. 375 y 384 del Código Procesal Civil y Comercial, cabe establecer la total responsabilidad de Víctor Jesús Zingoni, debiendo responder en la medida de los perjuicios que se acrediten -y que serán motivo de tratamiento de seguido
- y, en los términos del seguro contratado, la aseguradora 'Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda.'.
Resáltese que la obligación de la aseguradora debe ajustarse al contrato, de modo que sólo responde hasta el monto de la suma asegurada, salvo que la ley o el contrato dispongan diversamente (art. 61 de la L.S.)."
"Atento el daño físico descripto y la incapacidad dictaminada, atento las cifras a las que se arriba luego de aplicar las fórmulas 'vuoto' y 'Méndez' a los parámetros que surgen de autos (incapacidad, edad, salario mínimo vital y móvil actual y recibo de sueldo acompañado con la demanda), estimo el rubro indemnizatorio procedente por la suma de nueve millones quinientos mil pesos ($9.500.000) (art. 1746, Cód. Civ. y Com.).-
... En atención al valor por sesión consignado por la experta (estimando el suscripto un año de tratamiento) y el porcentaje de incapacidad psíquica decidido, estimo que el presente rubro debe prosperar por la suma total de nueve millones de pesos ($9.000.000) (tratamiento psicológico: $1.000.000 y daño psíquico: $8.000.000)."
Bloque dispositivo (texto final): "FALLO: esta causa haciendo lugar a la demanda entablada y, en consecuencia, condenando a Víctor Jesús Zingoni a pagar al actor Jonatan Daniel Curra, la suma de veintidós millones quinientos veinte mil pesos ($22.520.000), con intereses y costas en la forma en que se lo determina en los considerandos IV y V. La condena se hace extensiva a 'Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda.', en los términos de la póliza. Practicada que sea la liquidación correspondiente, se regularán los honorarios de los profesionales intervinientes (art. 51, ley 14967). REGISTRESE. NOTIFIQUESE."
Disidencias: no consta voto en disidencia; el fallo se presenta como decisión del Tribunal en única resolución.
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