NALDO LOMBARDI SA C/ LOPEZ ANGEL ARIEL S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió ejecución por cobro de tres pagarés a la vista por $991.670,07 de capital. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, declaró la mora desde el 09/10/2024, ordenó embargo sobre sumas que el ejecutado perciba en SHERMAN SEGURIDAD S.A. y fijó una estimación provisoria de $500.000 por intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quién demanda (Actor)
Naldo Lombardi S.A.
- A quién se demanda (Demandado)
Angel Ariel Lopez
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Cobro ejecutivo fundado en tres pagarés a la vista "sin protesto" por los números 4900052006 ($ 752.770,17), 4900053527 ($ 104.248,86) y 4900053528 ($ 134.651,04), totalizando capital reclamado por $991.670,07 más intereses, costas y costos de la ejecución.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se hizo lugar a la ejecución, se declaró la mora a partir del 09/10/2024, se ordenó el embargo de las sumas que el demandado perciba en SHERMAN SEGURIDAD S.A. hasta cubrir el capital reclamado ($ 991.670,07) más una estimación provisoria de $500.000 en concepto de intereses y costas; se disponen descuentos según proporción de ley y depósito en cuenta judicial del Banco de la Provincia de Buenos Aires; se dejó por perdido el derecho de defensa por falta de presentación y se practicará la liquidación y fijación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"I) Habiéndose intimado de pago a la parte ejecutada, la cual no se presentó, ni opuso excepciones legítimas dentro del término conferido al efecto, el cual se encuentra vencido según informa en este acto el Actuario, désele por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)."
"II) Tratándose la documentación base de la ejecución de tres pagarés a la vista 'sin protesto', el N° 4900052006 por la suma de $ 752.770,17, el N° 4900053527 por la suma de $ 104.248,86 y el N° 4900053528 por la suma de $ 134.651,04, la mora se produce a partir del visto de los mismos, es decir, el día 09/10/2024 para todos (conf. lo expresado en la demanda)."
"III) Los intereses serán calculados conforme lo convenido por las partes en el título que por el presente se ejecuta, desde la mora y hasta su efectivo pago; ello sin perjuicio del posterior análisis que realice el suscripto a la luz de lo establecido por los artículos 9, 10, 11, 279, 771, 958 y 1004 del CCCN.-"
"Por ello, conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts. 521, inc. 5º, 540 y 548 del CPCC, y dec.-ley 5965/63, arts. 51 y 60, FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto la parte ejecutada Angel Ariel Lopez haga a la parte acreedora NALDO LOMBARDI S.A., íntegro pago del capital reclamado de NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA PESOS CON 7/100 ($ 991.670,07) ello con más los intereses que serán calculados conforme lo resuelto ut-supra, costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 del CPCC)."
"Decrétase embargo sobre las sumas que el demandado Angel Ariel Lopez tenga a percibir en SHERMAN SEGURIDAD S.A, hasta cubrir la suma correspondiente de NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA PESOS CON 7/100 ($ 991.670,07) en concepto de capital, con más la estimación provisoria de QUINIENTOS MIL PESOS ($ 500.000,00) en concepto de intereses y costas."
"Y no habiendo la parte ejecutada constituído domicilio procesal dentro del plazo legal para hacerlo, désele por notificada la presente y las sucesivas providencias por ministerio de ley (art. 133 CPCC y Ac. Nº 46.336 de la SCBA)."
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