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PEREZ FRACCEDES DE JESUS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo contra ANSES por reajustes varios y redeterminación de haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierto el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al de la demandada, diferiró para la ejecución el planteo sobre topes de haberes y revocó la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual reclamada; en lo demás confirmó la sentencia.

Pension/jubilacion Anses Movilidad Ley 27426 Topes de haberes Enero-febrero 2021 Emergencia economica Retencion impuesto a las ganancias (inaplicable) Ejecucion Costas.


¿Quién es el actor?

PEREZ FRACCEDES DE JESUS.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; redeterminación del haber inicial y movilidad posterior, actualización de PBU, aplicación de topes de haberes, reconocimiento de diferencias por enero-febrero 2021, entre otros.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso interpuesto por la parte actora y hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada; por ello diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes y revocó lo dispuesto en primera instancia en cuanto ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los efectivamente abonados en 2020; en lo demás confirmó la sentencia apelada. Se imponen costas por su orden en la Alzada.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada." 2) "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." 3) "Por el mismo, para el recálculo del haber inicial del trabajador autónomo se concluyó 'que el mejor método aplicable a este universo de beneficiarios consiste en determinar, como primer paso, el haber mensual compatible con el precepto constitucional del art. 14 nuevo, de modo que aquel represente -confrontado con el haber mínimo de bolsillo vigente en igual período
- la misma proporción que existía entre las categorías por las que se hicieron los aportes computados para el otorgamiento del beneficio...'."
- Disidencia: No consta voto en disidencia; la resolución expresa "Por mayoría" y el dispositivo final es el que manda.

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