GALLARDO FLORES GROVER C/ KELLY FACUNDO IGNACIO S/ COBRO EJECUTIVO
Ejecución por cheques al portador contra Facundo Ignacio Kelly por $18.000.000. El Tribunal hace lugar a la demanda y ordena la ejecución hasta obtener el pago íntegro del capital más intereses calculados según la tasa del Banco Provincia desde las fechas de constitución en mora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Grover Gallardo Flores.
Demandado: Facundo Ignacio Kelly.
Objeto: Ejecución por el pago de tres cheques al portador por un total de $18.000.000 (tres cheques de $6.000.000 cada uno), con intereses desde las respectivas fechas de constitución en mora.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda de ejecución y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta obtener el pago íntegro del capital reclamado ($18.000.000) más los intereses calculados conforme la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde las fechas de mora indicadas; se imponen las costas a la parte ejecutada y se difiere la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes del fallo):
"Facundo Ignacio Kelly, debidamente intimado de pago, en el domicilio sito en Pedro L. Larre 5542 de la localidad de lsidro Casanova (ver mandamiento digitalizado el 30/6/2026), no opuso excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, por lo que ha perdido el derecho que dejó de usar (arts. 116 y 155, CPCC)."
"Tratándose de cheques al portador, la constancia del rechazo bancario consignada al dorso de aquellos, con expresa mención del motivo de la negativa al pago, determina la fecha en que la libradora incurrió en mora, ya que, dicha constancia bancaria surte los efectos del protesto; en consecuencia, la mora ha operado de la siguiente manera (cfr. art. 38, ley 24.452):
a) El 6 de Marzo de 2026 para el cheque n° 12988280.
b) El 30 de Marzo de 2026 para el cheque n° 12988282.
c) El 12 de Mayo de 2026 para el cheque n° 12988283."
"Los intereses serán calculados a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires para sus operaciones de descuento a treinta días en sus distintos períodos vigentes de aplicación computados desde las fechas de constitución en mora anteriormente señaladas, y hasta el efectivo pago (arts. 2, 38, 40, 41, 54, 56, 65, ley 24.452 y reformas de la Ley 24.760, y art. 768)."
Bloque dispositivo final:
"1) Hacer lugar a la demanda y llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Facundo Ignacio Kelly, haga al acreedor, Grover Gallardo Flores íntegro pago del capital reclamado que asciende a la suma total de pesos dieciocho millones ($18.000.000), discriminados de la siguiente manera, con más los intereses devengados desde las respectivas fechas de constitución en mora que a continuación se detallan y hasta el efectivo pago (art. 886 y concs, CCC):
a) El 6 de Marzo de 2026 para el cheque n° 12988280 por la suma de $ 6.000.000.
b) El 30 de Marzo de 2026 para el cheque n° 12988282 por la suma de $ 6.000.000.
c) El 12 de Mayo de 2026 para el cheque n° 12988283 por la suma de $ 6.000.000.
2) Los intereses serán calculados a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires... conforme lo dispuesto en el considerando III (arts. 2, 38, 40, 41, 54, 56, 65, ley 24.452 y reformas de la Ley 24.760, y art. 768, CCC ).
2) Con costas a la parte ejecutada (art. 556, CPCC) y difiriendo la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista por el art. )51 de la ley 14.967.
3) Tiénese a la parte demandada por constituido el domicilio procesal en los Estrados del Juzgado (arts. 41 y 540, CPCC). REGISTRESE. NOTIFIQUESE (art. 133, CPCC; SCBA, causa C. 101.323, sent. de 31/10/12)."
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