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BUNGE ARGENTINA SA (TF 115114075-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Recurso de apelación del Fisco Nacional contra pronunciamiento del Tribunal Fiscal sobre devolución de derechos de exportación. La Cámara rechazó la apelación y confirmó la resolución del TFN, sosteniendo la ilegitimidad por falta de motivación de las Resoluciones ONCCA 1487/2008 y 1898/2008 y la consecuente procedencia de la repetición.

Recurso de apelacion Repeticion Derechos de exportacion Ley 26.351 Oncca 1487/2008 Oncca 1898/2008 Falta de motivacion Irretroactividad Tfn Costas


¿Quién es el actor?

Bunge Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas / Fisco Nacional (AFIP-DGA).
- Objeto de la demanda: Repetición por pago en exceso de derechos de exportación (suma abonada $416.424,51, equivalente a USD 99.030,80 según el pago) derivada de la inclusión de la DJVE N° 56.300 en la Resolución ONCCA N° 1898/08 y aplicación de la Ley 26.351.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional y confirmó el pronunciamiento del Tribunal Fiscal de la Nación de fecha 23/10/2025 en cuanto al fondo, con imposición de costas de esta instancia a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En consecuencia, sostuvo que no se configuraba el supuesto del artículo 1.069 del Código Aduanero que excluye la repetición y que impedir al contribuyente acudir a dicho procedimiento, cuando no había existido una revisión efectiva de la liquidación, afectaría su derecho de acceso a una tutela judicial efectiva." "La Sala entendió que el nuevo requisito de acreditar la tenencia o adquisición de la mercadería con anterioridad al incremento de las alícuotas era una exigencia sobreviniente e imprevisible para los exportadores que habían registrado sus operaciones conforme al régimen anterior." "lo hasta aquí señalado sella la suerte del recurso intentado por el Fisco Nacional, pues los agravios formulados no logran controvertir eficazmente el fundamento central del pronunciamiento apelado: la ilegitimidad de las Resoluciones ONCCA Nros. 1487/2008 y 1898/2008, por falta de motivación suficiente, en tanto constituyeron el presupuesto concreto de los cargos cuya repetición fue solicitada." Además, la Sala citó normas y precedentes que respaldaron la inaplicabilidad retroactiva de la Ley 26.351 a DJVE registradas con anterioridad y sostuvo que, por falta de motivación y de prueba objetiva sobre la ausencia de tenencia o adquisición, las resoluciones ONCCA no podían sostener el cargo aduanero. Disidencias: no consta voto en disidencia en la parte resolutiva; la decisión corresponde al acuerdo de la Sala y prevalece la confirmación del pronunciamiento del TFN.

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