Logo

FERNANDEZ, MARIA LAURA c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Regulación de honorarios del patrocinante en ejecución por cobro de sentencia. La Cámara fijó los emolumentos en PESOS CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($130.275), equivalentes a 1,25 UMA, y dispuso que el IVA integra las costas y se adicionará cuando corresponda.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Ejecucion Iva Uma Camara contencioso administrativo federal Costas Abogado patrocinante Fijacion de emolumentos Ley 27.423

Actor: FERNANDEZ, MARIA LAURA. Demandado: EN-M SEGURIDAD-PFA (Personal militar y civil de las FFAA y de SEG). Objeto de la demanda: regulación de honorarios profesionales (emolumentos) del patrocinante en el trámite de ejecución/cobro de sentencia.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar al incidente de regulación y se elevó la suma de los honorarios a PESOS CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($130.275), equivalente a 1,25 UMA; se estableció que el importe del IVA integra las costas y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional sea responsable inscripto; si no hubiera denunciado su condición frente al IVA, el plazo para el pago del tributo sobre el honorario regulado correrá desde la fecha en que lo denuncie. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que a fin de tratar los recursos interpuestos, en primer término, cabe señalar que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (C.S., Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)." "Que sobre la base de las consideraciones precedentemente expuestas, a fin de fijar la retribución por las tareas desarrolladas tendientes a obtener el total cumplimiento de la sentencia y el cobro de los intereses, cabe tener en cuenta la naturaleza del asunto, considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor incidental desarrollada en este particular trámite de ejecución; los montos involucrados y resultado obtenido, corresponde elevar a la suma de PESOS PESOS CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($130.275) –equivalente a 1,25 UMA–, los emolumentos regulados, en favor del DR. LUCAS EZEQUIEL CAMBA, patrocinante, actuante en la defensa de la actora..." (Se consignan además reglas relativas al IVA: "El importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto... Para el caso de que el profesional no haya denunciado la calidad que inviste frente al IVA, el plazo para el pago del tributo sobre el honorario regulado, correrá a partir de la fecha en que lo haga.") No consta en el dispositivo disidencia firmada; la decisión se expresa por la Cámara en los términos transcritos.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar