GIANELLA LORENA PAOLA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
Se tramita revisión de la determinación de la capacidad jurídica de Lorena Paola Gianella y el tribunal confirma la vigencia de su capacidad con el establecimiento de apoyos familiares y supervisión para determinados actos. El Tribunal resolvió mantener la persona en su entorno con apoyos (madre y hermano) y ordenar asistencia para actos de administración y disposición, con nueva revisión en hasta tres años.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO (expte. caratulado "GIANELLA LORENA PAOLA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA"; la causante es GIANELLA LORENA PAOLA).
Demandado: GIANELLA LORENA PAOLA.
Objeto: Revisión de la sentencia previa relativa a la determinación de la capacidad jurídica y la reconducción/adecuación de apoyos y límites para actos determinados.
Decisión: Se realizó nueva revisión y se confirmó la necesidad de mantener apoyos para Lorena Paola Gianella; se designó seguir con los apoyos de la Sra. Susana Griselda Zlatar (madre) y el Sr. Matías Leandro Gianella (hermano); se estableció que para actos de administración se requerirá asistencia de los apoyos cualquiera sea la cuantía y para actos de disposición se precisará la ayuda de los apoyos; se ordenó nueva revisión en plazo no superior a tres años.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"II.
- En tal labor quiero dejarle en claro a LORENA PAOLA que la capacidad jurídica es la regla general y que lo que aquí se decide se basa en escucharla, respetar su voluntad y establecer apoyos adecuados en beneficio de su persona. También que si aquí se establecen límites puntuales para algunos actos, son siempre en función del cuidado y bienestar de su persona."
"Observo que los médicos al momento de evaluarte en Junio de éste año concluyeron que tenés un grupo de personas que te apoyan y te ayudan, el que está formado principalmente por tu mamá, tu hermano y por el Centro de Día al que asistís.
- Dijeron también que es conveniente seguir con los apoyos que tenés para algunos actos y que es importante que estés bajo un sistema que te brinde apoyo y supervisión."
"III.
- Analizadas que son así estas nuevas constancias de autos según los arts. 31, 32, 37, 38, 43, 103 y 707 del CCyCN, considero en total conformidad con las conclusiones del Equipo Técnico que es bueno que tengas personas que te ayuden y te cuiden, por eso podes seguir viviendo como hasta ahora y con los apoyos que contás. En cuanto a los actos de administración, vas a necesitar asistencia de tus apoyos cualquiera sea la cuantía de los mismos. En cuanto a los actos de disposición, que puede ser compra o venta de bienes (casas, autos, etc.), vas a necesitar de la ayuda de tus apoyos, para asegurarnos que tomes una decisión que te beneficie."
"IV.
- Dejo ordenada nuevamente la revisión de la sentencia dentro de un plazo no superior a tres años (art. 12 Convención Internacional Derechos de las Personas con Discapacidad, art. 40 del CCyCN), momento en el cual te vamos a evaluar nuevamente LORENA PAOLA."
"V. Se deja aclarado que la presente es expresada en lenguaje claro, también llamado llano, sencillo o ciudadano, de manera tal que la información pueda ser fácilmente entendida por LORENA PAOLA y su entorno familiar conforme Resolución de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires Número 2025/21."
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