BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FIGUEREDO PABLO SEBASTIAN S/ COBRO EJECUTIVO
Ejecución promovida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires por deuda vencida. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó continuar el remate hasta el pago de $336.361,58 más intereses, y dispuso imponer las costas al ejecutado por resultar vencido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Pablo Sebastián Figueredo.
Objeto: Cobro ejecutivo por capital reclamado de $336.361,58 más intereses y accesorios conforme al título ejecutivo aportado.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó llevar adelante la ejecución (remate) hasta tanto el ejecutado abone íntegro el capital reclamado y los intereses que se liquidarán conforme a lo establecido; se impusieron las costas al ejecutado; se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes tal como figuran en la sentencia):
"I.
- El ejecutado Figueredo Pablo Sebastian, intimado de pago, en el domicilio sito en la calle Carlos Eberth N°10216, Cuartel V, de la ciudad de Moreno, no compareció conforme a derecho ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido (ver mandamiento del día 09.06.2026 presentado en el trámite del día 10.06.2026) -art. 116, CPCC-, según lo informa la Actuaria en este acto, por lo que cabe darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.). En tales condiciones, corresponde dictar sentencia de remate (art. 540 "in fine" del C.P.C.C.)."
"II.
- En cuanto a los intereses, deben calcularse según lo pactado en el documento base de la ejecución (71,22% TEAV, ver instrumento original de fs. 1/2, cuyo adjunto en formato pdf se encuentra en la presentación del 13.11.2023), los que tendrán como tope anual la tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires para restantes operaciones en pesos (tasa activa) vigente en cada periodo de aplicación, devengados desde la fecha de la mora
- 31/05/2022
- (ver escrito de demanda)-, y hasta el efectivo pago (conf. art. 549 del CPC; arts. 768 inc. C, 769, 771, 794 y concs del CCyC; Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Mercedes, Sala III, Creditia Fideicomiso Financiero c/ Correa Sabrina Anabel s/ cobro ejecutivo, exp. 8.246 del 14/11/23; Sala II, Expte n° 34.749, Banco de la Provincia de Bs. As. c/ Paz Miguel Alberto s/ cobro ejecutivo, del 28.9.23)."
"III
- Las costas han de ser impuestas a la parte accionada que resulta vencido (arts. 556 y 68 del C.P.C.C.)."
Bloque dispositvo final (conclusión mayoritaria):
"SENTENCIA: 1°) Mandar llevar adelante la ejecución promovida por BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra PABLO SEBASTIAN FIGUEREDO hasta tanto la parte deudora le haga a la parte acreedora íntegro pago del capital reclamado de trescientos treinta y seis mil trescientos sesenta y un pesos con cincuenta y ocho centavos ($336.361,58), con más los intereses que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo. 2°) Imponer las costas a la parte accionada por resultar vencido (art. 68, C.P.C.C.). 3°) Diferir la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 14967. 4°) Tener por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41. C.P.C.C.). REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE a la actora automáticamente (conf. Ac. 4013/21 S.C.B.A) y al ejecutado en su domicilio real (Cfm. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mercedes, SI-117.168 " Inst. Religiosas" del 11/09/2018, y arts. 34 inc. 5 ap. c , 36 inc. 2, 133, 135 inc. 12 del CPCC)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: