Logo

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SILVA AMALIA RAMONA ISABEL S/ COBRO EJECUTIVO

El actor promovió ejecución por cobro ejecutivo contra la titular de tarjetas y de un mutuo por saldos adeudados. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución ordenando el pago de $3.555.813,84 más intereses y costas, con regulación de honorarios diferida.

Cobro ejecutivo Tarjeta de credito Mutuo Mora de pleno derecho Intereses punitorios Ley 25.065 Art. 540 cpcc Banco provincia Ejecucion de sentencia Costas observacion: no se individualiza el/los juez/es que firmaron la sentencia en el texto aportado. si requiere Puedo precisar montos desagregados y fechas de mora en formato resumido para adjuntar al escrito de apelacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: SILVA AMALIA RAMONA ISABEL. Objeto: Ejecución de títulos derivados de contratos de emisión de tarjeta de crédito VISA y MASTERCARD y de un contrato de mutuo por saldos adeudados. Decisión: Se hizo lugar a la prosecución de la ejecución y se mandó llevar adelante la misma hasta hacer íntegro pago al actor de la suma de $3.555.813,84, con más los intereses establecidos en el fallo y las costas; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio de la ejecutada en los estrados del Juzgado y se dejó constancia de la intimación realizada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que encontrándose la demandada debidamente intimada de pago, conforme diligencia de día 15/2/2022 (vg. INFORME x MANDAMIENTO y/o NOTIFICACIONES (240701576006245274) y no habiendo opuesto excepciones (Conf. Art. 542 del CPCC), corresponde mandar llevar adelante la ejecución (Art. 540 del CPCC)." "I.
- Tratándose el documento base del presente de un CONTRATO DE EMISIÓN DE TARJETA DE CRÉDITO VISA; y habiéndose pactado en el mismo que, en caso de incumplimiento, la mora se produciría de pleno derecho por el mero vencimiento del plazo la misma ha de tenerse por operada el día 1/7/2024, por la suma de $1.399.858,48.-" "Y por otro lado, un CONTRATO DE EMISIÓN DE TARJETA DE CRÉDITO MASTERCARD; y habiéndose pactado en el mismo que, en caso de incumplimiento, la mora se produciría de pleno derecho por el mero vencimiento del plazo la misma ha de tenerse por operada el día 6/5/2024, por la suma de $1.032.651,89.-" "Respecto a los intereses, toda vez que los pactados exceden el costo medio del dinero en operaciones similares (art. 771 CCCN), al capital de condena señalado, deberá adicionarse intereses al promedio de tasas del sistema para operaciones de préstamos personales publicados por el Banco Central de la República Argentina (conforme lo previsto para este título en los art. 16 y 18 de la Ley 25.065), a computarse desde la fecha de mora hasta su pago, con más un 50% de dicha tasa, en concepto de punitorios por el mismo período." "II.
- Tratándose el documento base del presente de un CONTRATO DE MUTUO, en el que se pactó la restitución del capital con más sus intereses en 72 cuotas, habiéndose interrumpido la continuidad en los pagos, el día 29/2/2024, cabe tener por operada la mora de pleno derecho en esta fecha conforme lo pactado. En cuanto al monto asciende a la suma reclamada de $1.123.303,47.-" "Respecto a los intereses, cabe estar a los pactados, siempre y cuanto no excedan la Tasa Activa Promedio de descuento a 30 días del Banco de la Provincia de Buenos Aires, a computarse desde la fecha de mora -el 29/2/2024
- hasta su efectivo pago." FALLO (bloque dispositivo): "Mandando llevar adelante la ejecución contra SILVA AMALIA RAMONA ISABEL hasta hacer al acreedor BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago de la suma de $3.555.813,84
- con más los intereses establecidos precedentemente y las costas (Arts. 68 y 556 del C.P.C.C.). Difiriendo la regulación de honorarios (Art. 51 2do. apart. Ley 14.967). Teniendo por constituido el domicilio de la ejecutada en los Estrados del Juzgado (art.41 y 540 del CPCC). Dejando constancia que la ejecutada fue intimada de pago en calle Cabo de los Hornos N°73, Localidad de Garin, Partido de Escobar, Provincia de Buenos Aires (art. 14 del Acordada 2514/93 de la SCJBA)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar