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GODOY CARLOS ISAIAS C/ GONZALEZ MARIA DEL CARMEN S/ COBRO EJECUTIVO

Cobro ejecutivo por pagaré por $2.400.000. El Tribunal rechazó la nulidad de la intimación y la excepción de pago parcial por extemporáneas, declaró válida la notificación y ordenó la ejecución contra la demandada con más intereses y costas.

Cobro ejecutivo Pagare Intimacion de pago Nulidad de notificacion Excepcion de pago parcial Notificacion por diligenciamiento (art. 218 ac. 3397/08) Mora desde 10/11/2025 Decreto ley 5965/63 (art. 52) Costas y ejecucion Ciudad de campana / maipu n? 426

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Carlos Isaías Godoy. Demandado: María del Carmen González. Objeto: Cobro ejecutivo fundado en 1 pagaré por capital $2.400.000 más intereses. Decisión: Se rechazó el planteo de nulidad de la intimación y la excepción de pago parcial (por extemporánea) y se ordenó la ejecución contra la demandada por el capital reclamado más intereses y costas; costas a cargo de la ejecutada vencida; difiriendo la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes): "IV.
- Puesto el Suscripto al análisis de la cuestión, primeramente cuadra señalar que, en orden a la oportunidad del planteo, efectuado el día 18/5/2026, atento la fecha del diligenciamiento del mandamiento del día 14/4/2026, claramente surge que resulta extemporáneo. En tal sentido, estimo inaudible la argumentación en cuanto al modo y momento en que llegó a conocimiento de la ejecutada la intimación de pago. Ahora bien, más allá de la cuestión puramente formal que sella la suerte del planteo, del cotejo del mandamiento bajo análisis, no es dable observar vicio o irregularidad alguno. Me explico, dicha pieza fue dirigida al domicilio denunciado -tal como el propio nulidicente refiere
- ajustándose a lo prescripto por el art. 218 de la Ac. 3397/08; por lo cual, dicha notificación es válida respecto de la ejecutada." "V.
- Respecto del planteo a la excepción articulada, se desestima por extemporánea." "VI.
- En consecuencia, puesto al análisis del documento base, tratándose de 1 pagaré, la mora se produce con su vencimiento, es decir, el 10/11/2025, a partir de la cual correrán los intereses establecidos por el artículo 52 inc. 2º del Dec. Ley 5965/63." FALLO (bloque dispositvo): "1) Rechazando el planteo de nulidad y lo demás manifestado. 2) Mandando llevar adelante la ejecución contra MARIA DEL CARMEN GONZALEZ hasta hacer al acreedor CARLOS ISAIAS GODOY íntegro pago del capital reclamado de $2.400.000.-, con más intereses y costas (arts. 68 y 556 del CPCC). 3) Costas a cargo de la ejecutada vencida. 4) Difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 ap. 2º Ley 14.967). 5) Dejando constancia de que la ejecutada fue intimada de pago en Maipú Nº 426, de la Ciudad de Campana (art. 14 del Ac. SCBA 2514/93)."

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