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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ KAIN MIGUEL GASTON S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco de la Provincia de Buenos Aires demandó por cobro sumario la suma de $1.610.594,10 por saldos de tarjeta de crédito VISA. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando al demandado al pago de esa suma más intereses desde cada fecha de mora y costas, por falta de contestación y reconocimiento tácito de los resúmenes.

Cobro sumario Tarjeta de credito visa Resumen de cuenta Rebeldia / incomparecencia Reconocimiento tacito Intereses compensatorios Moratorios y punitorios Ley 25.065 Mora (22/02/2024 19/06/2024) Costas a la parte vencida Sentencia de primera instancia (tribunal)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Dr. Hernan Lucio Mansilla y apoderado Dr. Jorge Diego Salsamendi. Demandado: Miguel Gastón Kain. Objeto: Cobro sumario de pesos por saldo de resumen de tarjeta de crédito VISA por $1.610.594,10; intereses compensatorios, moratorios y punitorios desde la mora hasta el pago, costos y costas. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Miguel Gastón Kain a pagar $1.610.594,10 en el plazo de diez días, más intereses calculados desde cada fecha de mora (22/02/2024 y 19/06/2024) hasta su efectivo pago, con capitalización en los términos contractuales; costas a cargo del demandado; y se difirió la regulación (art. 8.904).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales): "Que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho en autos pese a encontrarse debidamente notificada convalidando en esa forma los dichos y documentación de la actora, los que deben en principio ser tenidos por ciertos, de conformidad con la normativa de los arts. 34, 60, 354 inc. 1° y cc CPCC y 263 Código Civil y Comercial." "Así tengo por auténtica la documental adjunta al promover la demanda correspondiente a contrato de emisión de tarjeta de crédito." "El incumplimiento por parte de la accionada de la carga procesal de negar categóricamente cada uno de los hechos expresados en la demanda, crea una presunción de veracidad sobre los hechos pertinentes y lícitos afirmados por el actor, en tanto esos hechos alegados hagan a la constitución de la cuestión litigiosa." "Resulta suficiente tener por justificado el crédito motivo del reclamo si el emisor de la tarjeta de crédito acompañó como prueba documental el resumen de cuenta y el contrato suscripto por el usuario, toda vez que si bien la rebeldía no altera el curso regular del proceso, el denominado 'resumen de cuenta' no fue cuestionado en modo alguno por el demandado." "Que por ello, cabe accederse a lo pedido a partir de la fecha de la mora de la obligación... Conforme lo dispuesto por los arts. 16 y 18 del la Ley 25.065, los intereses compensatorios y moratorios a aplicar serán los pactados por las partes en el contrato de solicitud de tarjeta de crédito, los que no podrán exceder -respecto de los primeros
- la tasa aplicada por el banco emisor en sus operaciones de préstamos personales en moneda corriente para clientes incrementada en un 25% y -respecto de los segundos
- el 50% de dichos intereses compensatorios." Bloque dispositivo final (FALLO): "1.-) Haciendo lugar a la demanda interpuesta por el Banco de la Provincia de Buenos Aires contra MIGUEL GASTON KAIN por la suma de pesos un millón seiscientos diez mil quinientos noventa y cuatro 10/100 centavos ($ 1.610.594,10) y en consecuencia, condenando a este último a abonar la suma referida en el plazo de diez días con más intereses, conforme lo indicado en el considerando 3.
- y costas.- 2.-) Costas a la parte demandada (art. 68 del C.P.C.C.).- 3.-) Difiérese la regulación hasta la determinación del monto definitivo del litigio (ley 8.904)."

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