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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ QUIROZ BAPTISTA NILCE JACQUELINE S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda de cobro sumario por un préstamo personal de $150.000 y reclamó $119.083,83 por saldo adeudado. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a pagar $119.083,83 más intereses desde el 31/12/2021, imponiéndole además las costas.

Cobro sumario Prestamo personal Saldo adeudado Intereses moratorios Fecha de mora 31/12/2021 Imposicion de costas Rebeldia Banco provincia Tasa 50% nominal anual Regulacion de honorarios diferida.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por su letrada apoderada María Celeste Perez. Demandado: Nilce Jacqueline Quiroz Baptista, DNI 39.390.557. Objeto: Cobro sumario de sumas de dinero por saldo de préstamo personal (préstamo N°335-90379291 por $150.000 acreditado en cuenta; adeuda $119.083,83 desde la fecha de mora 31/12/2021). Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada a abonar $119.083,83 más los intereses convenidos desde el 31/12/2021 hasta su efectivo pago; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Por ello, atento a las constancias de autos y a la falta de controversia, corresponde tener a las pruebas alegadas por la actora como válidas, teniendo entonces por probada una acreencia a su favor por la suma de PESOS CIENTO DIECINUEVE MIL OCHENTA Y TRES CON 83/100 ($119.083,83) (arts. 60, 163 inc.6º, 354 inc.1º, 375 y 384 del CPCC; arts. 7 y 1019 del Código Civil y Comercial de la Nación)." "En relación al préstamo personal obtenido, conforme surge de la documentación acompañada y de lo expuesto en el escrito de demanda en el punto III), tiene una tasa de interés fija del 50% nominal anual vencida equivalente al 63,21% tasa efectiva anual vencida, debiendo computarse la fecha de la mora operada el día 31/12/2021 (art. 886 del Código Civil y Comercial de la Nación) hasta la fecha del efectivo pago, con más los intereses solicitados, los cuales no deben trasponer la frontera ética impuesta por la moral y las buenas costumbres. En consecuencia, los referidos intereses convenidos tendrán andamiento a partir del 31/12/2021, sin que puedan superar la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento de documentos convenidos en pesos a treinta días incrementada en un 50% y hasta su efectivo pago." FALLO (extracto dispositvo): "1) Haciendo lugar a la demanda promovida por el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra NILCE JACQUELINE QUIROZ BAPTISTA, condenando a esta última a abonar a la accionante dentro del término de diez días de quedar firme la presente, la suma de PESOS CIENTO DIECINUEVE MIL OCHENTA Y TRES CON 83/100 ($119.083,83) a la cual deberán adicionársele los correspondientes intereses establecidos en el considerando D);" "2) Imponiendo las costas a la parte demandada vencida de acuerdo al criterio objetivo de la derrota (art. 68 y ssgtes. del CPCC);"

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