ARESI, NICOLAS S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
Reevaluación de incapacidad: determinación de ejercicio de la personalidad jurídica de Nicolás Aresi. El Tribunal confirma la existencia de discapacidad intelectual, epilepsia y síndrome de Lennox, pero reconoce aptitudes para actos de la vida cotidiana y artísticos; mantiene curaduría con asistencia obligatoria para actos que comprometan el patrimonio y consentimiento en salud.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Nicolás ARESI.
Demandado: Intervienen la Asesoría de Incapaces, el Curador Oficial Dr. Sergio Iván BONO y la U.F.D. Nº 4, en el marco de la re-evaluación judicial de su capacidad.
Objeto: Re-evaluación de la capacidad jurídica conforme art. 40 del C.C.C.N. y arts. 625 y ccdtes. del CPCC; definir si continúa en ejercicio pleno de su personalidad jurídica y el alcance de la curaduría/apoyos.
Decisión: Se determinó que Nicolás Aresi NO se encuentra en ejercicio pleno de su personalidad jurídica por padecer Discapacidad intelectual de grado leve, Epilepsia y Síndrome de Lenox; sin embargo, el Tribunal reconoce que posee capacidades para determinadas actividades (artísticas, decisiones de la vida cotidiana, relaciones afectivas/sociales) y establece un régimen de apoyo/curaduría restringido: mantiene al Curador Oficial Dr. Sergio Iván BONO como figura de apoyo para actos de disposición y administración del patrimonio, exige asistencia del curador para consentimiento en salud, decreta prohibición de contratar sin apoyo, y fija revisión dentro de tres años.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
"II.
- 2.
- El resultado de las pericias actuales confirma que se mantiene incólume el diagnóstico al que oportunamente se había arribado."
"III.
- Sin embargo, pese a la confirmación del diagnóstico, hay elementos de las pericias que no se pueden ignorar, relacionados con habilidades y comportamientos de Nicolas que le confieren una cierta autonomía aun dentro de su padecimiento. ... De los informes elaborados, se desprende que Nicolas, presenta un aspecto psíquico con actitud colaboradora, presenta fallas menésicas leves en memoria, sin conciencia de la enfermedad, aplanamiento afectivo, juicio insuficiente y desviado, con limitaciones para valorar adecuadamente su situación y las consecuencias de sus actos. Nicolas adquirió lectoescritura y comprende textos simples. En relación al dinero, hace mucho tiempo que no maneja sumas, ni realiza compras de forma autónoma, sin embargo realiza pequeñas compras con la compañía de su asistente terapéutica, gestionado por la Curaduría Oficial Departamental."
"IV.
- Las salvaguardas que se disponen a continuación disminuirán el riesgo de que la enfermedad deteriore sus relaciones sociales y su calidad de vida. Y esto es empíricamente comprobable atento la relativa autonomía que evidencian los informes periciales. Es decir, sin que se haya modificado su patología, la sentencia de revisión impone expedirme sobre tales conductas dejando plenamente en claro, todas aquellas actividades que Nicolas podrá seguir realizando tal como lo viene haciendo aún sin el consentimiento de su propio Curador."
"V.
- Dichas capacidades (no menores, por cierto) no modifican la necesidad de contar un CURADOR a los fines de la toma de toda decisión que comprometa su patrimonio por actos de disposición y/o administración, encontrándose autorizado en todo lo conducente a tal fin (arts. 9 y 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, art. 16 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 3 Convención Americana de Derechos Humanos). Por ello, deberá seguir interviniendo en ese rol el curador oficial, Dr. Sergio Ivan BONO."
FALLO (extractos del dispositivo):
"1.
- ... se determina que Nicolás ARESI ... NO se encuentra en ejercicio pleno de su personalidad jurídica ..."
"2.
- SOSTENER en el rol de apoyo al Curador Oficial Dr. Sergio Ivan BONO, para que la asistan en los actos indicados en los puntos 3 y 4 de este resolutorio."
"3.
- Establecer que Nicolás ARESI ... requerirá de la asistencia de su figura de apoyo, Dr. Sergio Ivan BONO, para realizar actos de disposición y gravar sus bienes -por actos entre vivos-, ya sea de forma onerosa o gratuita ... Tampoco podrá, sin la conformidad de Dr. Sergio Ivan BONO, arrendar sus inmuebles, efectuar actos de disposición ... así como tampoco constituir gravámenes ... Asimismo, no podrá tomar créditos, mutuos o préstamos de cualquier naturaleza, ni contratar o designar profesionales ... sin el apoyo de Dr. Sergio Ivan BONO."
"4.
- Respecto de los actos relacionados con el ejercicio del derecho a la salud, cuando sea necesario prestar el consentimiento informado exigido por la ley 26.529, Nicolás ARESI, requerirá de la asistencia de su figura de apoyo
- Dr. Sergio Ivan BONO."
"6.
- Disponer que transcurrido un plazo de tres (3) años ... se realice un nuevo examen interdisciplinario y socio ambiental ... y se celebre nueva audiencia de contacto personal para reevaluar la subsistencia o eventual modificación del régimen de restricción impuesto."
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