Logo

LUCERO MIGUEL ANGEL S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicitó y dictó declaratoria de herederos ab-intestato por el fallecimiento de Miguel Ángel Lucero, identificando como herederos universales a sus tres hijos. El Tribunal hizo lugar a la declaratoria, ordenó el cese de intervención del Agente Fiscal y enumeró los recaudos para la inscripción registral (notificación, DJ patrimonial, títulos, pago de tasas y honorarios).

Declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Herederos universales Inscripcion registral Notificacion electronica Agente fiscal (cese de intervencion) Declaracion jurada patrimonial Tasa de justicia Titulo de propiedad / informe de dominio Codigo civil y comercial (arts. 2335 y ss.)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: DESCONOCIDO (expediente caratulado "LUCERO MIGUEL ANGEL S/ SUCESION AB-INTESTATO"; no se individualiza actor peticionante en el texto aportado). Demandado: DESCONOCIDO. Objeto: Declaratoria de herederos por muerte de MIGUEL ANGEL LUCERO (DNI M 5.069.081). Decisión: Se declaró que, por el fallecimiento de MIGUEL ANGEL LUCERO, le suceden como herederos universales sus hijos Gerardo Daniel Lucero, Carla Deborah Lucero y Angel Matias Lucero; y su cónyuge supérstite Berta Juana Morales (fallecida) en cuanto a bienes propios si los hubiere. Se ordenó registrar la declaratoria, notificar por domicilio electrónico y cesar la intervención del Agente Fiscal. Asimismo se enumeraron los recaudos para la inscripción registral (notificación a herederos, declaración jurada patrimonial, título de propiedad e informes, porcentuales a inscribir, pago de tasas y regulación de honorarios, entre otros).
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes del fallo): "Que con el certificado de defunción de fecha 14/05/2026 se acredita el fallecimiento de LUCERO MIGUEL ANGEL, (D.N.I M N° 5.069.081) ocurrido el 11/12/2025 en la ciudad de Mar del Plata (fs. cit.)." "Que de la unión anterior del causante y la Sra. Liliana Alicia Vidal nacieron Lucero Gerardo Daniel, el día 11/05/1978, Lucero Carla Deborah, el día 9/03/1983, Lucero Angel Matias, el día 28/02/1987, según se puede constatar de las copias de los certificados de nacimiento obrantes a fecha 14/05/2026." "Que con el certificado de defunción adjunto en autos se acredita que la Sra. Berta Juana Morales falleció el día 27/01/2026 en esta ciudad." "Por ello, de conformidad con lo solicitado, lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal y lo dispuesto por los artículos 2335, 2337, 2338, 2340, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, arts. 735 y 737 del Código adjetivo, RESUELVO: 1) Declarar que por el fallecimiento de MIGUEL ANGEL LUCERO (DNI M N° 5.069.081) le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Gerardo Daniel Lucero, Carla Deborah Lucero y Angel Matias Lucero; y su cónyuge supérstite, Berta Juana Morales (fallecida), en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. REGISTRESE. Notifiquese mediante la remisión del presente proveído al domicilio electrónico de las partes y/o auxiliares intervinientes, en los términos del Ac. 4039 de la SCBA (v. Ac. cit.,; art. 135 y concs. del CPCC)." "Teniendo en cuenta el dictado de la presente Declaratoria de Herederos y lo dispuesto por el art. 728 inc. 1 del digesto ritual, cese la intervención del Sr. Agente Fiscal (v. art. cit.; v Res. 315/2018; v. art. 29 inc. e) de la Ley 14.442)." Además, el Tribunal detalló los recaudos a cumplimentar para la inscripción registral, entre ellos: notificación a la totalidad de los herederos declarados; confección de la Declaración Jurada Patrimonial (art. 337 del Cód. Fiscal); adjuntar título de propiedad e informe de dominio, inhibición y cesión de derechos hereditarios; denunciar porcentuales a inscribir; abonar tasa de justicia; y acreditar regulación y pago de honorarios y aportes.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar