GARCIA HAYDEE S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato para los nietos del causante. El Tribunal declaró que, por el fallecimiento de Haydee Garcia, le suceden en carácter de universales herederos sus nietos Fernando Gabriel Castro y Cecilia Daniela Castro (fallecida) en representación de su padre pre fallecido, disponiendo además los recaudos para inscripción y el cese de la intervención del Agente Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
Los interesados que peticionaron la declaratoria de herederos: Fernando Gabriel Castro y Cecilia Daniela Castro (fallecida) en representación de su padre pre fallecido Roberto Raul Castro (consta que se solicitó la declaratoria y que se consideró lo peticionado).
Demandado:
La causante fallecida Haydee Garcia, respecto de cuya sucesión se tramita la declaratoria de herederos.
Objeto:
Se solicita la declaratoria de herederos ab-intestato por el fallecimiento de Haydee Garcia y la consecuente inscripción registral de la declaratoria y sus efectos sobre bienes a transmitir.
Decisión:
Se hizo lugar a la declaratoria de herederos y se declaró que le suceden en carácter de universales herederos los nietos Fernando Gabriel Castro y Cecilia Daniela Castro (fallecida) en representación de su padre pre fallecido Roberto Raul Castro; se ordenó su registro, la notificación electrónica y el cese de la intervención del Agente Fiscal. Asimismo, se enumeraron los recaudos necesarios para la inscripción de la declaratoria de herederos o partición.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje original del tribunal):
"1.
- Que con el certificado de defunción de fecha 30/12/2025 se acredita el fallecimiento de GARCIA HAYDEE, (DNI N° 164.385) ocurrido el 22/04/2017 en la ciudad de Mar del Plata (fs. cit.)
2.
- Con la documentación adjunta y teniendo a la vista mediante el Registro Informatico, los autos "Castro Andres y Otros s/ Sucesion Ab Intestato" Expte. n° 124.144 de tramite por ante este mismo Juzgado, se acredita que la causante contrajo matrimonio con Castro Andres el día 5/04/1939 en la ciudad de Buenos Aires.
3.
- Que de dicha unión nació Roberto Raul Castro, el día 7/04/1941 según se puede constatar de las copias de los certificados de nacimiento obrantes en los referidos autos Castro Andres y otros s/ Sucesion Expte. 124.144.
4.
- Que de la unión en matrimonio de Roberto Raul Castro y Blanca Edesia Da Clara nacieron Fernando Gabriel Castro el día 7/01/1968 y Cecilia Daniela Castro, el día 2/05/1984 según se puede constatar del expediente antes mencionado n° 124.144.
5.
- De las constancia del expediente antes referido surge que Roberto Raul Castro falleció el día 20/05/1996 en tanto que su cónyuge Blanca Edesia Da Clara, falleció el día 18/05/2016.
6.
- Finalmente y de las constancias de los autos arriba referidos surge que Cecili Daniela Castro falleció el día 1/08/2022.
7.
- Que del informe actuarial expedido el día 6/08/2026 se acredita el cumplimiento de los recaudos procesales y sustantivos a los fines del dictado de la declaratoria de herederos solicitada."
"RESUELVO: 1) Declarar que por el fallecimiento de HAYDEE GARCIA (DNI N° 164.385) le suceden en carácter de universales herederos sus nietos Fernando Gabriel Castro y Cecilia Daniela Castro (fallecida) en representación de su padre pre fallecido Roberto Raul Castro. REGISTRESE. Notifiquese mediante la remisión del presente proveído al domicilio electrónico de las partes y/o auxiliares intervinientes, en los términos del Ac. 4039 de la SCBA (v. Ac. cit.,; art. 135 y concs. del CPCC).
Teniendo en cuenta el dictado de la presente Declaratoria de Herederos y lo dispuesto por el art. 728 inc. 1 del digesto ritual, cese la intervención del Sr. Agente Fiscal (v. art. cit.; v Res. 315/2018; v. art. 29 inc. e) de la Ley 14.442)."
- Recaudos expresamente ordenados para inscripción (extracto relevante):
"a) Cumplir con la notificación dispuesta anteriormente a la totalidad de los herederos declarados;
b) Confeccionar la Declaración Jurada Patrimonial, a los fines de establecer el monto a tributar en concepto de Tasa de Justicia (art. 337 del Cód. Fiscal);
c) Adjuntar el título de propiedad e informe de dominio del bien a inscribir, ...; d) Denunciar los porcentuales o proporciones a inscribir ...; e) Abonar la tasa de justicia y su contribución ...; f) Encontrarse regulados los honorarios de los letrados intervinientes ...; g) Denunciar el nombre de la persona autorizada para el diligenciamiento y firma del formulario "08" ...; h) En caso de configurarse el hecho imponible, dar cumplimiento con la Resolución Normativa 91/2010 de la Agencia de Recaudación ..."
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