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VERDI LEONARDO SEBASTIAN S/ SUCESION AB-INTESTATO

El pedido de declaración de herederos en la sucesión ab-intestato de Leonardo Sebastián Verdi por fallecimiento. El Tribunal declaró herederos universales a la hija SOFIA VICTORIA VERDI MORGADO y a la cónyuge MARIELA LUJAN MORGADO, disponiendo además la declaración de ésta respecto de bienes propios y remarcando los derechos sobre gananciales.

Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Herederos universales Conyuge superstite Descendencia Certificado de defuncion (18/11/2025) Publicacion de edictos (art. 734 cpcc) Arts. 2424 2426 2433 cccn Arts. 735 y 737 cpcc Inscripcion registral


- Quién demanda (Actor)
- Peticionantes: MARIELA LUJAN MORGADO y su hija SOFIA VICTORIA VERDI MORGADO (según lo solicitado en autos).
- A quién se demanda (Demandado)
- Sucesión de LEONARDO SEBASTIAN VERDI.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
- Se solicita la declaración de herederos en la sucesión ab-intestato de LEONARDO SEBASTIAN VERDI, fallecido el 18/11/2025, y la correspondiente inscripción registral de la declaración.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
- Se declara que, por fallecimiento de LEONARDO SEBASTIAN VERDI, le suceden en carácter de herederos universales su hija SOFIA VICTORIA VERDI MORGADO y su cónyuge MARIELA LUJAN MORGADO; además se declara a la cónyuge como heredera en cuanto a bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto a los gananciales. Regístrese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se incorporan como textuales los párrafos relevantes del fallo: "I: Que con el certificado de defunción de fs. 1 se acredita el fallecimiento de LEONARDO SEBASTIAN VERDI ocurrido el día 18/11/2025 quien era de estado civil casado con MARIELA LUJAN MORGADO FS. 1 con quien había contraído matrimonio el día 05/03/2004." "II: Que de dicha unión conyugal nacieron los siguientes hijos: SOFIA VICTORIA (26/03/2008) FS. 1." "III: Que con los diarios agregados a fs. 18 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, la cual arrojó resultado negativo." "Por ello; de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de LEONARDO SEBASTIAN VERDI le suceden en carácter de universales herederos su hija: SOFIA VICTORIA VERDI MORGADO y su cónyuge MARIELA LUJAN MORGADO a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto a los gananciales. REGISTRESE."

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