LOPEZ CARLOS AMILCAR S/ SUCESION AB-INTESTATO
La pretensión consiste en la declaración de herederos en la sucesión ab-intestato de Carlos Amilcar López. El Tribunal declaró por derecho que sus hijos Julia López y Pozzoni y Patricio López y Pozzoni son únicos y universales herederos, ordenando el cese de la intervención del Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los hijos del causante actuando como interesados en la sucesión (Julia López y Pozzoni; Patricio López y Pozzoni).
Demandado: Sucesión de CARLOS AMILCAR LOPEZ (causante fallecido).
Objeto: Declaratoria de herederos por muerte de CARLOS AMILCAR LOPEZ (sucesión ab-intestato).
Decisión: Se declaró que, por fallecimiento de Carlos Amilcar López, le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos Julia López y Pozzoni y Patricio López y Pozzoni; se ordenó el cese de la intervención del Ministerio Fiscal y se registró la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en el expediente):
"I.
- Que con la partida de defunción adjunta a la presentación del 13/03/2026, se acredita el fallecimiento de CARLOS AMILCAR LOPEZ, ocurrido el día 14 de Diciembre de 2025."
"II.
- Que con la partida allí adjunta se acredita el matrimonio de CARLOS AMILCAR LOPEZ con MONICA JULIA POZZONI, celebrado el día 13 de Junio de 1990. Asimismo, se encuentra acreditado el fallecimiento de la Sra. Mónica Julia Pozzoni ocurrido el 6 de octubre de 2022, conforme la Declaratoria de Herederos dictada en sus autos sucesorios conexos 'POZZONI MONICA JULIA S/ SUCESION AB-INTESTATO' (Expte.. 5248) en trámite por ante este mismo Juzgado."
"III.
- Que de esa unión nacieron sus hijos PATRICIO, el 14 de Abril de 1984 y JULIA , el 9 de Marzo de 1985, según se comprueba con las constancias adjuntas."
"IV.
- Que con los diarios y recibos agregados el 16/06/2026, consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del C.P.C.C. y sobre cuyo vencimiento y resultado informa el Actuario el 8/07/2026;"
"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426, cctes. y sstes. del Código Civil y Comercial de la Nación, y arts. 735, 737 del CPCC; DECLARO en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de CARLOS AMILCAR LOPEZ le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos: JULIA LOPEZ y POZZONI, y PATRICIO LOPEZ y POZZONI. Cése la intervención del Ministerio Fiscal. REGISTRESE."
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