RAMIS CLARA GRACIELA C/ GAUROS SRL S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La locadora inició acción de desalojo por vencimiento de contrato de locación y reclamó la restitución del local ubicado en Alsina 2501, Olavarría. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenó la desocupación en diez días y rechazó la reconvención por mejoras, considerando acreditado el vencimiento contractual y el pago de las mejoras por la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quién demanda (Actor)
- RAMIS CLARA GRACIELA, con patrocinio del Dr. Maximiliano Vieira.
- A quién se demanda (Demandado)
- GAUROS SRL, representada por Carlos Gustavo Ramos, con patrocinio del Dr. Bruno Nahuel Tuccio.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
- Acción de desalojo por vencimiento del plazo de locación (contrato 01/09/2022 al 31/08/2025) y desocupación inmediata; la actora solicita además costas. El demandado opone renovación verbal del contrato y reconviene por mejoras (reposición de revestimiento del frente) en suma estimada inicialmente en $1.000.000 y solicita su reconocimiento.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
- Se hace lugar a la demanda de desalojo; los demandados (GAUROS SRL y/o otros ocupantes) quedan condenados a desalojar el inmueble sito en Alsina Nº 2501 de Olavarría dentro de DIEZ DÍAS de notificada la sentencia, bajo apercibimiento de lanzamiento. Se rechaza la reconvención por mejoras. Costas a la parte vencida. Además, se ordena iniciar el procedimiento para regular honorarios conforme art. 27 inc. a) del decreto ley 14967 para calcular valor locativo actualizado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "Ahora bien, sin perjuicio de lo previo, la Sra. RAMIS alega que no se concluyó con la renovación alegada por GAUROS SRL. Por lo que, del análisis de la misma pericia (ver transcripción audio 00000137-AUDIO-2025-10-04-10-43-53 pericia informática 05/06/26, conversacion whatsapp 'Charly Ramos' desde celular perteneciente a Gabriela Pappalardi, pág 19 y 20) surge que la actora efectuó el requerimiento del local al demandado para que 'deje la oficina'. Ante tal petición, conforme surge de la pericia en autos (vease transcripción audio 00000138-AUDIO-2025-10-09-09-48-12, pág. 20 pericia informática 05/06/26) el accionado reconoce las faltas de pago de los meses de septiembre y octubre y seguidamente (vease transcripción audio 00000140-AUDIO-2025-10-17-19-12-00, pág. 21 pericia informática 05/06/26) deja expuesto en sus dichos no poder renovar y solicita arreglar de buenas maneras una salida del local, atento no encontrarse en condiciones siquiera de poder abonar a término el precio pactado de $650.000 para los meses posteriores al vencimiento."
- "Concluyendo, puedo adelantar que la conducencia de la prueba testimonial da cuenta de la veracidad de las alegaciones efectuadas por la Sra. Ramis respecto de la falta de renovación contractual como el pago de las mejoras aquí reclamadas, toda vez que una apreciación rigurosa y exigente de sus dichos resultan corroborados con otros elementos de juicio, aportados al proceso en la documental e informativa de autos: notas de crédito, liquidaciones a locadores, contrato de locación, informativa de arba, pericial informática."
- Bloque dispositivo final: "1º) El presente juicio haciendo lugar a la demanda promovida por RAMIS CLARA GRACIELA contra GAUROS SRL y/o todo otro ocupante, condenándolos a desalojar el inmueble ubicado en la calle Alsina N° 2501 de Olavarría, dentro del plazo de DIEZ DIAS DE NOTIFICADA la presente sentencia bajo apercibimiento de lanzamiento, y rechazando la reconvención promovida por GAUROS SRL contra RAMIS CLARA GRACIELA, ambas con costas a la vencida."
- Observaciones sobre prueba y valoración:
- El Tribunal valoró contrato escrito (firma certificada), pericia informática que autenticó chats, audios y correos; comprobantes (notas de crédito y liquidaciones a locadores) y testimonio de la inmobiliaria. Se consideró acreditado que hubo negociaciones para renovar que no concluyeron, la existencia de faltas de pago posteriores al vencimiento y que las mejoras fueron reembolsadas por imputación a cánones de enero y febrero de 2023. Sobre la forma del contrato, el Tribunal señaló la exigencia de prueba escrita para acreditar renovación, y que la prueba obrante no acreditó una renovación válida.
- Disidencias:
- No se consignan votos en disidencia en el bloque dispositivo; se atendió a la conclusión mayoritaria que figura en el fallo.
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