.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 127.396 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL, SALA III
El imputado Banegas interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la confirmación de su condena por homicidio agravado criminis causae y tentativa de robo calificado. La Suprema Corte, por mayoría, hizo lugar al recurso por arbitrariedad del pronunciamiento del Tribunal de Casación y ordenó remitir la causa al tribunal intermedio para que dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (parte acusadora en la causa original).
Demandado: Roberto Oscar Banegas (imputado/recurrente).
Objeto: Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la confirmación de la condena por robo agravado en grado de tentativa, portación ilegal de arma de guerra y homicidio agravado criminis causae (tres delitos, concurso material), por vicios de fundamentación y arbitrariedad en la valoración y en la calificación legal.
Decisión: Por mayoría, la Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y devolvió la causa al tribunal intermedio para que dicte un nuevo pronunciamiento ajustado al presente fallo (art. 496 y concs. CPP). Se regularon honorarios por la instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes extraídos del fallo; mantener lenguaje del tribunal):
"De conformidad con el auto de admisibilidad el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley fue concedido de manera parcial a los efectos de abordar la denuncia de arbitrariedad por ausencia de tratamiento de las cuestiones relativas a la existencia del hecho precedente (robo en grado de tentativa) y, subsidiariamente, la ausencia de conexidad entre ese delito y el homicidio agravado."
"En tales condiciones, el pronunciamiento apelado exhibe, en el punto en disputa, graves vicios de fundamentación que lo descalifican como un acto jurisdiccional válido con arreglo a la doctrina sobre arbitrariedad de sentencia, tal como denuncia la parte."
"Por lo expuesto, corresponde acoger en ese aspecto el planteo y disponer su reenvío al tribunal intermedio a fin de que proceda a dictar un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho."
(Citas probatorias utilizadas por el a quo, relevantes para la discusión probatoria y citadas textualmente en el acuerdo:)
"fue una cara que me quedó grabada en mi mente, por lo que me fue fácil ir a hacer el identikit, hoy por hoy no sé si podría recordarlo ya que pasaron ocho años, pero en ese instante cuando hice el reconocimiento y vi las fotos, no tuve duda alguna, se me puso la piel de gallina cuando lo vi y me hizo revivir todo, lo único que quiero es que se haga justicia"
"la calificación legal no fue cuestionada"
- Votos y mayorías: El voto de los Dres. Soria, Torres, Carral y Bouchoux sostuvo que el Tribunal de Casación incurrió en grave vicio de fundamentación por no dar respuesta adecuada a los agravios sobre la existencia del delito precedente (tentativa de robo) y la conexidad ideológica con el homicidio, justificando el rechazo parcial del pronunciamiento y el reenvío. La Dra. Kogan votó en disidencia (negativa) entendiendo que Casación sí abordó la cuestión en el marco de la revisión probatoria y que no existió arbitrariedad que afecte el doble conforme.
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