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ROSAS, DANIEL ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

Reajuste de haberes impulsado por Daniel Roberto Rosas contra ANSeS por prestaciones previsionales (PBU y cálculo del haber). La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de grado del 12/08/2025 con la modificación indicada en el considerando II y ordenó imponer las costas en la Alzada por su orden, conforme al considerando X.

Reajuste de haberes Pbu Ley 27.426 Movilidad previsional Anses Costas en la alzada Indice de actualizacion Servicios autonomos Tope art. 9 ley 24.463 Tasa de interes (tasa pasiva/banco central).


¿Quién es el actor?

ROSAS, DANIEL ROBERTO.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajuste de haberes jubilatorios (entre otras cuestiones, actualización de la Prestación Básica Universal
- PBU; aplicación de índices; servicios autónomos; aplicación de topes del Art. 9 ley 24.463; intereses y costas).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de fecha 12 de agosto de 2025, con la modificación establecida en el considerando II (relativa a la movilidad aplicable al haber del actor que obtuvo su beneficio el 09/05/2019 al amparo de la ley 27.426). Además, dispuso que las costas en la Alzada se impongan por su orden, conforme al considerando X (Arts. 68, 2° párr. del CPCC y 36 de la ley 27.423).
- Fundamentos principales (textos tomados de la sentencia): "II.
- En primer término, advierto que el accionante obtuvo su haber jubilatorio el 09/05/2019, al amparo de la ley 27.426, por lo que su movilidad deberá ajustarse a la fórmula que dicha norma establece y, a partir de allí, al bloque normativo fijado al efecto. De este modo, corresponde modificar la sentencia de grado en este sentido." "III.
- Respecto a las tres primeras quejas de la ANSeS y a los cuatro primeros agravios de la parte actora, cabe señalar que las cuestiones encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por esta Sala en las causas ... donde el Tribunal dispuso seguir los lineamientos establecidos por la Corte Federal en los antecedentes 'Quiroga' ... Por lo tanto, corresponde rechazar las críticas esgrimidas por las recurrentes sobre estos puntos." "X.
- Ahora bien, las directrices que emanan del fallo citado anteriormente también han de aplicarse respecto a la imposición de costas en la Alzada, por lo que -conforme a la forma en que se resuelven las cuestiones apeladas
- deberán imponerse por su orden (Arts. 68, segundo párrafo del CPCC y 36 de la ley 27.423)." "XI.
- Por lo expuesto, propongo confirmar la sentencia apelada, con la modificación establecida en el considerando II. Las costas en la Alzada deberán imponerse por su orden, conforme lo dispuesto en el considerando X (Arts. 68, segundo párrafo del CPCC y 36 de la ley 27.423)."
- Disidencias: Se deja constancia que el Dr. Marcelo Darío Fernández no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia; no consta voto en disidencia material en el acuerdo publicado.

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