Logo

Incidente Nº 25 - QUERELLANTE: ARCA IMPUTADO: LEVINSTEIN, MAIA s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)

Audiencia de homologación por acuerdo penal en causa por contrabando; se homologó el acuerdo y se condenó a la imputada a cuatro años de prisión, disponiéndose provisoriamente su cumplimiento en arresto domiciliario y el decomiso de los bienes conforme lo pactado.

Audiencia de homologacion Incidente Contrabando agravado Acuerdo pleno Pena de 4 anos Arresto domiciliario Decomiso Inhabilitacion Direccion general de aduanas Tasa de justicia ($4.700)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. Soledad García.
- A quién se demanda (Demandado / Imputada): Maia Levinstein (DNI 26.356.177), representada por defensores particulares Martina Lianza, Martín Marini y Paul Krupnik. Objeto: Homologación de un acuerdo pleno (procedimiento del art. 323 y ss. CPPF) por el delito de contrabando agravado y fijación de pena y medidas accesorias. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud de acuerdo pleno y se homologó el acuerdo. Se condenó a Maia Levistein a la pena de cuatro (4) años de prisión, costas e inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena; se impuso el pago de la tasa de justicia de $4.700 con intimación de pago en 5 días; se dispuso el decomiso de los elementos señalados en el acuerdo; se inscribieron los bienes en la base general de datos de bienes secuestrados y decomisados; se remitió copia a la Dirección General de Aduanas para la determinación de multas; se mantiene de manera provisoria la detención en arresto domiciliario y se ordenó la intervención de la Unidad de Asistencia de niños, niñas y adolescentes para emitir informes al juez de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes): " I. HACER LUGAR a la solicitud de acuerdo pleno y HOMOLOGAR el acuerdo presentado por las partes en los términos del artículo 323 y siguientes del Código Penal Federal. II. CONDENAR a Maia Levistein, cuyos demás datos filiatorios fueron señalados en el marco de esta audiencia, a la pena de cuatro (4) años de prisión, costas e inhabilitación absoluta por el doble tiempo de la condena para ejercer cargos públicos o funciones públicas, por encontrarla coautora penamente responsable del delito de contrabando agravado; artículo 29, inciso tercero, 40, 41, 45 del CP; 863 y 865, incisos "a", e "i"; 876, inciso "h", del Código de Aduanero; 386, 387 y 388, el Código Procesal Penal Federal." " VII. MANETNER DE MANERA PROVISORIA la modalidad de detención cautelar de la señora Maía Levistein: ARRESTO DOMICILIARIO. VIII. DISPONER que a través de la Oficina Judicial se dé intervención a la Unidad de Asistencia de niños y niñas y adolescentes de la Defensoría General de la Nación Rosario, a fin de que recaben los informes pertinentes y la titular del área emita el dictamen correspondiente, de manera tal que sea el juez de ejecución quien cuente con los elementos para disponer la continuidad de la medida cautelar en los términos del artículo 10, inciso "f" del Código Penal, 32 inciso "f" de la Ley 24.660."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia; la resolución es un acto unipersonal conforme acta de audiencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar