MEDINA, JOSE MARIA c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS -PAMI s/AMPARO LEY 16.986
Amparo por cobertura de tratamiento interdisciplinario en centro de rehabilitación. El Juzgado Federal de San Nicolás hizo lugar al amparo y ordenó al INSSJP brindar cobertura al 100% del plan de rehabilitación en C.RE.AR. (kinesiología, hidroterapia, terapia ocupacional, psicología y controles de fisiatría), por entender que las prestaciones fueron prescritas por el equipo tratante y son obligatorias conforme Ley 24.901.
¿Quién es el actor?
Sr. José María Medina (DNI 12.835.642), afiliado Nº 140093469800/00.
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP / PAMI).
- Objeto de la demanda: Solicita cobertura total, integral (100%) y continua del tratamiento interdisciplinario en el Centro de Rehabilitación Arrecifes (C.RE.AR.) según prescripciones médicas (kinesiología 2 ve/sem, hidroterapia 2 ve/sem, terapia ocupacional 2 ve/sem, psicología 1 ve/sem y control con fisiatría cada 3 meses).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al amparo y se ordenó al INSSJP otorgar la cobertura al 100% del tratamiento interdisciplinario en C.RE.AR. conforme las frecuencias prescritas, mientras lo indique el médico tratante. Costas a cargo de la demandada vencida.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes del fallo):
"Que se encuentra acreditado en autos, de conformidad a los hechos invocados por el actor y a la documentación acompañada (certificados e informes médicos y CUD vigente), los que no fueron desconocidos por la accionada, que el Sr. Medina es una persona de 67 años de edad, afiliado Nº 140093469800/00, que cuenta con Certificado Único de Discapacidad emitido el 04/11/2025 por la Junta Evaluadora de Arrecifes, en el que se consigna como condición de salud 'Retraso mental leve. Poliartrosis' y, como orientación prestacional, 'PRESTACIONES DE REHABILITACIÓN'."
"Es decir que las prestaciones médicas aquí requeridas -kinesiología, hidroterapia, terapia ocupacional, psicología y control fisiátrico
- tienen vinculación directa con las patologías discapacitantes, por lo que resulta aplicable la Ley 24.901, que establece un sistema de prestaciones básicas de atención integral... En todos los casos se deberá brindar cobertura integral en rehabilitación, cualquiera fuere el tipo y grado de discapacidad, con los recursos humanos, metodologías y técnicas que fuere menester, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera (art. 15), prestaciones terapéuticas educativas (art. 16), así como todos los servicios específicos y prestaciones complementarias enunciados en la ley."
"Que por todo lo expuesto y los fundamentos vertidos, concluyo que respecto al tratamiento de rehabilitación interdisciplinaria consistente en kinesiología, hidroterapia, terapia ocupacional, psicología y control con fisiatría, atendiendo a los hechos descriptos y siendo que en autos no se encuentra en discusión el tratamiento de rehabilitación que necesita el Sr. Medina y que el I.N.S.S.J.P. no ha ofrecido prestadores para realizar las terapias solicitadas de manera coordinada e integral en el lugar de residencia del mismo (...), encuentro justificada la misma, máxime si la presente se encuentra dirigida a proteger la salud y la vulnerabilidad de una persona mayor con discapacidad."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el acto resolutorio; la resolución final es la expresada en la parte dispositiva.
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