ORTIGOZA, LUCAS SEBASTIAN c/ GENDARMERIA NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986
Acción de amparo contra disposiciones de Gendarmería que calificaron al actor como “no apto para prestar la función de Gendarme” y dispusieron su pase a disponibilidad y baja. La Cámara Federal de Resistencia hizo lugar a la apelación, revocó la sentencia de primera instancia y declaró la nulidad de las Disposiciones N° 1193/25, 1210/25 y 1157/26 por insuficiencia e incongruencia en la motivación administrativa.
¿Quién es el actor?
Lucas Sebastián Ortigoza.
¿A quién se demanda?
Gendarmería Nacional Argentina.
- Objeto de la demanda: Amparo para que se declare la nulidad del acto administrativo que lo calificó “no apto para prestar la función de Gendarme” y las disposiciones que dispusieron su pase a disponibilidad y su baja (Disposiciones N° 1193/25, 1210/25 y 1157/26).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación, se revocó la sentencia de primera instancia y se admitió la acción de amparo. Se declaró la nulidad del acto administrativo que calificó al Sr. Ortigoza como “no apto para prestar la función de Gendarme” y de las disposiciones N° 1193/25, 1210/25 y 1157/26; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios de segunda instancia al letrado del actor.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Teniendo en cuenta ello, entendemos que la motivación invocada en sede administrativa para disponer la baja del Sr. Ortigoza no resulta suficiente, ni se ajusta al régimen jurídico aplicable."
"En efecto, los arts. 10 y 22 del Anexo IV de la Ley N° 26.394 (Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas) no contemplan la eliminación de la Fuerza como consecuencia de la comisión de una falta grave. Dicha medida únicamente se encuentra prevista para los supuestos de faltas gravísimas (conf. arts. 12 y 23 del citado Anexo)."
"Esa incongruencia entre la calificación jurídica atribuida a la conducta y la medida finalmente adoptada, evidencia un vicio en la motivación del acto administrativo, que lo torna arbitrario e ilegítimo y, por ende, impide su convalidación por este Tribunal."
"En virtud de lo expuesto, procede revocar la sentencia dictada en la instancia de origen y, consecuentemente, hacer lugar a la acción de Amparo incoada, dejándose sin efecto el acto administrativo que calificó al Sr. Ortigoza como “no apto para prestar la función de Gendarme”, por vicios en su fundamentación, y los actos administrativos dictados en su consecuencia (Disposiciones N° 1193/25 ... N° 1157/26 ...)."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el texto de la parte resolutiva final.
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